VISTO:

El  Decreto 3333/90 de fecha 13 de Noviembre de 1990,  por el  que  observa  el Decreto 92/90 ,  proveniente  de  este Concejo Deliberante, y

 

CONSIDERANDO:

Que  lo establecido en el Capítulo VI de la Ley  2756  Ley Orgánica  de Municipalidades, en su Artículo 46 Inciso  I, el  cuál  establece  categóricamente  que  el  presupuesto general comprende los gastos del Concejo Municipal.

Estando a la fecha excesivamente dermorada la remisión  de las  partidas  correspondientes para el pago  de  sueldos, dietas del personal y de los Señores Ediles y que,  además las  galtas de recursos imposibilita el pago  de  expensas indispensables para el funcionamiento del Concejo  Deliberante, como ser: luz, teléfono, alquiler, etc.

Es por todo ello que cualquier gestión que tienda a promover  el  cumplimiento a lo estableciodo en la  propia  Ley Orgánica 2756, no puede ni debe ser cercenada.

Por todo ello el Concejo Deliberante, en uso de sus  atribuciones, sanciona, el siguiente:

DECRETO  Nº 93/90

 

 

ART.1º) Rechásese  el Decreto 3333/90, que observa totalmente  el Decreto 92/90, originado por este Concejo Deliberante.

 

ART.2º) De  acuerdo a los términos de la Ley 2756, quda en  plena vigencia el Decreto Nº 92/90 .

ART.3º) Mantener firme el Decreto 92/90 , hasta su efentivización.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Concejo Deliberante, Noviembre 22 de 1990.-

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