VISTO:

El Expte. Nº 2.038/01 de este Concejo Deliberante , y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elevado a  este Cuerpo  para  su aprobación Ad Referéndum  el  Decreto  Nº 1.846/01.

Que  de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 2756,  Art.  29º corresponde que el Concejo Deliberante se expida a  través de  una  resolución  propia e  independiente  del  Decreto mencionado,  por  lo que corresponde emitir  la  misma  de acuerdo a la técnica legislativa estipulada por el mencionado Art. 29 º y Reglamento Interno de este Concejo Deliberante.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 154/2001

 

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer la  no percepción del medio aguinaldo  correspondiente  al 1er. semestre del año 2.001 con los alcances y  limitaciones estipuladas por los Arts. 2º y 6º de la Ley 9286  respecto al Sr. Intendente y su Personal de Gabinete.

ART.2º) Exceptúase de los dispuesto por el Art. 1º a las siguientes  personas:  BRAVO,  José;  BUSTO,  Marcelo;  CARRANZA, Cristián;   CARRIZO,  Sergio; CEJAS, Juan;   GOMEZ,  Juan;  LEGUIZA, Mauricio;  LOPEZ, José; MACIEL, Oreste;  MAIDANA, Pedro;   ORTIGOZA, Roberto; QUIROZ, Pablo; RAMIREZ,  Esteban;   SANTANA, Carlos; ALVAREZ, Daniel; LANDRIEL,  Jorge;  BUSTO, Juan; HIDALGO, Sebastián.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Junio 7, 2001.

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