Expte. Nº 3.910/10.
VISTO:
La Ley Nº 2756, Arts. 38º, 39º Incs. 14 y 69 , 41º Incs. 2, 9, 14, 20, 26 , 44 y 45 , y
CONSIDERANDO:
Que es de suma importancia el cumplimiento de los deberes que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 nos delega en nuestro rol de concejales y principalmente en los que respecta a la función de contralor que el Concejo Deliberante debe ejercer sobre el patrimonio municipal para el fiel funcionamiento de
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 295/2010
ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante los inventarios de todos los bienes de uso privado, muebles o inmuebles del municipio ordenados por Secretaría y Sección pertenecientes a los periodos 2004, 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de agosto de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale