Expte.  Nº  6.051/16.

VISTO: 

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º.

Decreto  Nº 483/13.

Decreto Nº 520/13.

Reclamos reiterados y periódicos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez; y

CONSIDERANDO:

Que en Villa Gdor. Gálvez, en el Registro Civil único, sito Av. San Martín 2427,  los trámites relacionados con sus funciones específicas, requieren el pago de sellados que sólo pueden abonarse en el Correo ubicado en Av. Filippini Nº 1972 o el Nuevo Banco de Santa Fe  S.A.,  Av. San Martín 2222.

Que este reclamo cuenta con antecedentes legislativos, el primero de ellos se aprobó por unanimidad el 2 de mayo del 2013 y  luego el día 12 se septiembre 2013  con un pedido de informe haciendo mención en qué situación se encontraban las gestiones.

Que son numerosos y continuos los reclamos de los vecinos para superar la difícil situación de traslados que insumen gastos extras de movilidad y tiempo para el pago de aranceles fijados por el Registro Civil: DNI, Pasaportes, Partidas, Actas y de más documentales,  en  los lugares habilitados al pago.

Que también manifiestan su descontento por la falta de coordinación de los horarios de funcionamiento de las distintas oficinas que hacen a las tramitaciones.

Que este planteo daría respuesta a situaciones problemáticas a vecinos en situaciones especiales: problemas motrices, capacidades especiales y otros síndromes que dificultan los traslados reiterados. 

Que el problema se solucionaría en gran parte habilitando una Caja de cobro de las tramitaciones inherentes al Registro Civil.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 943/2016

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, en un plazo de 15 días hábiles, realice las gestiones pertinentes entre el Registro Civil y El Nuevo Banco de la Provincia de Santa Fe, para la habilitación de una Caja destinada al cobro de los sellados correspondientes a todos los trámites realizados en el mismo.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22  de diciembre de 2016.

 

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