Expte. Nº  3.140/08.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 , el reclamo de los vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

        Que en las intersecciones de calles Buenos Aires y Pasaje 6, Buenos Aires y García González, Granaderos a Caballo y Rosario; se han generado micro basurales permanentes.

       Que los mismos son focos de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven en el lugar.

        Que estos lugares  son de tránsito peatonal y automotor intensos, debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra Ciudad.

      Que los micro basurales que están sobre calle Buenos Aires han adquirido tal dimensión  que se convierten  en obstáculos para el transito.

      Que en los lugares mencionados la concentración de basura interrumpe el flujo del agua pluvial y obstruye las bocas de tormenta provocando el riesgo de anegamientos e inundaciones.

    Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

        Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1539/2008.

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la limpieza de los micro basurales ubicados en las intersecciones de las calles Buenos Aires y Pasaje 6, Buenos Aires y García González y Granaderos a Caballo y Rosario.

 

ART. 2º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, ordene la desinfección de los lugares mencionados en el Artículo anterior.

 

ART.3º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la colocación de un cartel señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.

 

ART.4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga inspecciones preventivas en los lugares mencionados ut supra.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de marzo de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

print