Expte. Nº 3.483/09.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 Art. 39 Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62, Art. 41 Incs. 24 y 26 , Art. 44; La calzada de la calle Eva Perón desde el 2200 al 2400 se encuentra parcialmente destruida, el reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la calle Eva Perón desde el 2200 al 2400 se han formado innumerables baches que dificultan la normal circulación de vehículos de todo tipo con el riesgo que esto origina para los de menor porte y las personas que transitan el lugar.

Que en los baches se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad de los  mismos.

Que los vehículos al pasar obligadamente pisan los baches con agua servida salpicando a los vecinos que caminan por las veredas, dejando olor nauseabundo por toda la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1657/2009

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de la calzada en la calle Eva Perón desde el 2200 al 2400.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de mayo de 2.009.

 

Presidente: Luis Sánchez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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