Expte. Nº 3.478/09.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 , Art. 44.

El micro basural y las malezas en la intersección de calles Marcos Paz y Soldado Aguirre.

El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

CONSIDERANDO:

            Que en las intersecciones de calles Marcos Paz y Soldado Aguirre se encuentran los zanjeos obstruidos por los basurales y las malezas que allí se depositan.

            Que el micro basural formado es un potencial foco infeccioso con el consecuente peligro que esto significa para los niños que juegan en la zona y vecinos que habitan el lugar.

            Que este lugar es de tránsito peatonal y automotor intenso debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra ciudad provocando el riesgo de accidentes al tratar los automovilistas de esquivar estos montículos allí formados.

            Que la concentración de basura interrumpe el flujo de agua pluvial provocando el riesgo de anegamientos e inundaciones y olores pestilentes.

             Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública así como la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1676/2009

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

 

  1. Limpieza y mantenimiento del micro basural ubicado en la intersección de las calles Marcos Paz y Soldado Aguirre.
  2. El desmalezamiento y la desinfección del lugar mencionado en el inciso  anterior.
  3. Ampliación de dichos desagües.
  4. La colocación de un cartel señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.
  5. Refuerzo de los controles en la zona y particularmente en el lugar mencionado en el Inc. 1.

 

ART. 2) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de junio de 2.009.

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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