Expte. Nº 3.585/09.

VISTO:

La Ley Nº 2756, Art.39º Incs. 14, 24, 29, 62 , Art.41º Incs. 24 y 26.

El estado de la capa asfáltica en Av. San Martín al 1.700 intersección con calle Guido Spano.

El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y


CONSIDERANDO:

Que en Av. San Martín al 1700 intersección con calle Guido Spano, la calzada se encuentra parcialmente destruida por la formación de un bache de dimensiones importantes obstaculizando y provocando peligro para los vehículos, motos  y bicicletas que transitan por ella.

Que en el bache se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad del mismo.

Que el bache se encuentra sobre la senda peatonal por la cuál cruzan la calle cotidianamente decenas de ciudadanos y alumnos que diariamente asisten al centro educativo que existe en dicha intersección.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº1686/2009

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al  Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda ordene la reparación y mantenimiento de Av. San Martín al 1.700 esquina Guido Spano y Av. San Martín al 1.600.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de agosto de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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