Expte. Nº 3.800/10.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º, Incs. 14, 24, 29 ; Art. 41, Inc. 5; Art. 44º.

            El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de Av. Juan D. Perón y calle Fornieles se encuentra el acceso de entrada a una de las Entidades Centenarias de la ciudad, como es el Club Talleres R.P.B.

            Que dicha Institución cuenta con más de 3.000 socios que concurren diariamente a la práctica de diferentes tipos de deportes, siendo el 80% de los concurrentes menores de edad.

            Que la Av. Juan D. Perón es una arteria muy transitada por automóviles y transportes públicos; y en las horas pico es una entrada para los habitantes de la ciudad, lo que hace imposible y peligroso el cruce de peatones.

            Que debido a que el Club Talleres R.P.B. presta sus instalaciones a Instituciones Educativas del sector, también concurren decenas de alumnos de éstas para realizar prácticas deportivas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1.749/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda: estudie la viabilidad de colocar reductores de velocidad sobre Av. J. D. Perón en proximidad de calle Fornieles.

ART. 2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de mayo de 2.010.

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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