Expte. Nº 3.893/10.

VISTO:

            El micro basural ubicado a lo largo de calle Kennedy entre Tucumán y 12 de Octubre.

            El deteriorado estado de la calle y el desagüe.

            El Presupuesto General de Gastos.    

            El reclamo de vecinos y comerciantes

            La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 24, 29, 52, 53, 62 ; 41º Incs. 24 y 26 ;  44, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en el sector de calle Kennedy entre Tucumán y 12 de Octubre se han formado micro basurales endémicos de amplias dimensiones.

            Que los mismos son foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven o transitan por el lugar.

            Que la concentración de basura interrumpe el flujo del agua pluvial y obstruye el desagüe provocando el riesgo de anegamientos e inundaciones.

            Que en el sector mencionado la calle se encuentra intransitable debido a la formación de pozos y desniveles peligrosos que evidencian un claro abandono.

            Que los vecinos han reclamado en innumerables oportunidades y no han obtenido ninguna respuesta de parte del Departamento Ejecutivo Municipal.

            Que el Concejo Deliberante autorizó partidas en el Presupuestos 2010 para ser destinadas o afectadas a la realización de este tipo de servicios y trabajos públicos.

            Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas publicas para la prevención de los mismos y la preservación del medio ambiente así  como la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía publica.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1796/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

a) Limpieza de los micro basurales  ubicados en el sector de calle Kennedy entre Tucumán y 12 de Octubre.

b) Desinfección de los lugares mencionados en el Inciso anterior.

c) Colocación cartelera señalizando la multa correspondiente por arrojar residuos en la vía pública.

d) Intensificación de los controles en la zona y particularmente en los lugares mencionados en el Inciso a).

e) Regularización y refuerzo de la frecuencia del servicio de recolección.

f) Nivelación y mantenimiento de la calle.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  19 de agosto de 2.010.

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

print