Expte. Nº 3.913/10.

VISTO:

     El  estado de la calzada y de las bocas de tormenta de calle Suipacha al 3000.

            El Presupuesto General de Gastos.    

            La Ley 2756 Arts. 39º Incs. 14, 52, 53, 62; 41º Incs. 24 y 26.

            El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en calle Suipacha al 3000 la calzada se encuentra en un estado deplorable por la gran cantidad de baches que existen.

            Que la misma es intransitable provocando innumerables inconvenientes para los vecinos que viven y circulan por el lugar como también para los vehículos.

            Que las bocas de tormenta ubicadas en el lugar mencionado en el primer párrafo están obstruidas por falta de limpieza y mantenimiento y sin las correspondientes tapas.

            Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidente en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACION  Nº 1802/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda ordene:

1) Reparación  y mantenimiento de la calzada en calle Suipacha al 3000.

2) Limpieza de los desagües  y restitución de las tapas de bocas de tormenta en el lugar mencionado en el Incs. 1.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  26 de agosto de 2.010.

 

 

 

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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