Expte. Nº 4.035/10.

VISTO:

            El estado del sumidero ubicado en calles Belgrano y Entre Ríos.

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º.            

            El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos se encuentra un sumidero deteriorado, sin su rejilla correspondiente y anegada de basura.

            Que dicho sumidero al estar al descubierto es peligroso para los peatones y vehículos  que circulan por el lugar pudiendo alguno caer en el mismo.

            Que el sumidero se encuentra por el momento tapado por tanques y ramas lo cual obstaculiza el tránsito y esto puede causar accidentes en la vía pública.

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1861/2010

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda disponga: La reposición de rejilla, reparación y limpieza del sumidero ubicado en la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de diciembre de 2.010.

Presidente: Pedro Jorge Gonzalez

A/C Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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