Expte. Nº 4.035/10.
VISTO:
El estado del sumidero ubicado en calles Belgrano y Entre Ríos.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 y Art. 44º.
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos se encuentra un sumidero deteriorado, sin su rejilla correspondiente y anegada de basura.
Que dicho sumidero al estar al descubierto es peligroso para los peatones y vehículos que circulan por el lugar pudiendo alguno caer en el mismo.
Que el sumidero se encuentra por el momento tapado por tanques y ramas lo cual obstaculiza el tránsito y esto puede causar accidentes en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1861/2010
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda disponga: La reposición de rejilla, reparación y limpieza del sumidero ubicado en la intersección de las calles Belgrano y Entre Ríos.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de diciembre de 2.010.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Victoria Beloni