Expte. Nº 4.174/11.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs.14, 52, 53, 62 , Art. 41º Incs. 24 y 26 .

            El reclamo de vecinos que transitan por el lugar; y

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de Bv. San Diego con la calle Caseros prolifera un micro basural de grandes magnitudes con todas las consecuencias graves para la salud que ello acarrea.

 

            Que es deber del Municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

 

             Que los roedores vistos por los habitantes de la zona son cada vez más y más grandes.

 

            Que los olores nauseabundos y el humo por quema de la basura hace imposible la vida a los ciudadanos de la zona.

 

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1.887/2011

 

ART. 1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda,  realice tareas de limpieza, desinfección y control del micro basural que se  ha instalado en la intersección del Bv. San Diego y calle Caseros.

ART. 2) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  16 de junio de 2.011.

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

 

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