Expte. Nº 4.851/13.

Visto

La Ley 2.756 Art. 39º incisos 14 y 52; Artículo 41 Inciso 24.

Las Minuta de Comunicaciones  Nº 1999/121992/12, y

 

Considerando

Que sobre calle Crespo entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano, dicha arteria se encuentra intransitable por los numerosos pozos de importantes dimensiones existentes, agravándose la situación los días de lluvia.

Que en esas condiciones deja incomunicadas a las personas que allí habitan, ya que no ingresan al sector ningún medio de transporte o ambulancias o vehículos policiales.

Que por la basura acumulada sobre las zanjas, el agua queda estancada, produciendo olores desagradables, como así también la proliferación de distintos tipos de alimañas.

Que los vecinos necesitan la pronta ejecución de obras para vivir dignamente.

Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de nuestros vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2033/2013

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en la calle Crespo  entre Avenida Soldado Aguirre y Guido Spano.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar obras que permitan una mejor transitabilidad de calle Crespo entre Av.  Soldado Aguirre y Guido Spano.

 

ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.

 

 ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de julio de 2013.                                             

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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