VISTO:
Las patologías sociales, DROGADICCION, ALCOHOLISMO, DISCAPACIDAD, y la necesidad de replantear determinadas situaciones dentro de nuestra Comunidad.
Que la vejez no es solamente una cuestión de edad ni del cuerpo, sino un estado de estancamiento psíquico, que padecen aquellas personas asiladas de la sociedad por algún motivo.
Que muchas veces ese motivo es la deficiencia física, o el daño mental provocado por la droga o el alcohol.
Que la falta de creatividad ay trabajo que involucre a este tipo de personas hace a la presencia de quienes lucran en su beneficio con los cuerpos de nuestros jóvenes.
Que parte de nuestra población está siendo utilizada como un elemento de consumo de un mercado, el que sólo tiende a la transformación de una sociedad en vieja y enferma.
La falta en nuestra comunidad de un ente avalado por
CONSIDERANDO:
El deber que nos fue otorgado por el Pueblo, de mejorar la calidad de vida de nuestra comunidad.
Que debemos tratar por todos los medios de frenar el Síntoma Social, el cual no es el que se produce en su Sujeto, sino es aquello que nos alerta de un mal funcionamiento den nuestra sociedad.
La necesidad de crear en favor de quiénes viven marginados por la deficiencia física, o la ignorancia familiar y que esa marginación no sea el escalón anterior a la droga.
Que es imperiosa la detención del comercio infrahumano, el cual lleva a la producción de desechos que no se pueden procesar.
Que debemos terminar con las propagandas contra
Son prioritarias las intervenciones que promuevan la creación de un espacio grupal propio en el cuál se confieran oportunidades de expresión a sus integrantes.
La falta en nuestra comunidad de un Departamento de
Que debemos dejar de estar al margen y participar creando condiciones de solidaridad entre las personas permitiendo Re – Crear
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 786/92
ART.1º) DEL NOMBRE: Dése el nombre de HACER al presente proyecto de Ordenanza.
FIN: Crear en la conciencia de la ciudadanía todo un compromiso solidario de participación.
ART.2º) DEL ESPACIO FISICO: Acción Social y Medio Ambiente designará un lugar físico acorde a las necesidades del proyecto.
FIN: El espacio físico deberá tener la suficiente dimensión para que en el mismo pueda funcionar un Centro de Rehabilitación del drogadicto, un Banco de Préstamos de elementos ortopédicos y el desarrollo de actividades y diversos talleres.
MEDIOS: La erogación económica que origine el espacio físico deberá realizarse con la colaboración de Instituciones de Bien Público, empresas , personas o entes oficiales que deseen hacerse cargo.
ART.3º) DEL DIRECTOR DEL PROYECTO: El Ejecutivo Municipal nombrará una persona encargada de la ejecución y dirección general del proyecto.
FIN: Esta persona deberá ser lo suficientemente capacitada para coordinar las actividades en etapas, las que se sucederán hasta la concreción total de HACER.
ART.4º) DEL PERSONAL: El Ejecutivo Municipal nombrará un empleado discapacitado, para la atención del Banco de Préstamos de elementos.
FIN: Se trata de que esta persona cumpla más eficientemente el trabajo dado su condición y además podrá ser un nexo para acercar ciudadanos de similar condición física con espíritu solidario.
ART.5º) DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR:
5a) ACTIVIDADES DENTRO DE
a) Talleres con adolescentes y padres.
FIN: se abordarán temas de interés general y fundamentalmente el de
b) Talleres de Música, Arte, de Danzas, de Arte Literario.
FIN: mediante la incursión en las artes podrá mantenerse activa la mente de los participantes, permitiendo un desarrollo y una forma de expresión de sus inquietudes.
c) Banco de elementos ortopédicos.
FIN: mediante el préstamo de aparatos ortopédicos se podrá cubrir una falla grave en nuestra comunidad que carece de un lugar destinado, no sólo al discapacitado físico, sino al discapacitado en tránsito, que no pueden abonar e4l alquiler requerido por una ortopedia.
El mismo tendrá como finalidad, además del préstamo, la reparación y construcción de nuevos elementos, realizar las tramitaciones correspondientes ante los entes oficiales de
Además de asistir a los necesitados, el Banco atenderá cuando la capacidad de elementos lo permita, el pedido de quienes puedan abonar una renta o comprar alguna de las fabricaciones propias.
En una segunda etapa el encargado del proyecto en conjunto con el Ejecutivo Municipal crearán el Departamento de
d) Podrán realizarse también, dentro de
FIN: con la fabricación de determinadas prendas puede llegarse a la venta con bajos costos para el consumidor y de esa manera auto subvencionar parte del proyecto.
e) Un Consultorio Psicológico.
FIN: asistir los casos que requieran de un tratamiento especial y personal, siempre en el campo de
5b) ACTIVIDADES FUERA DE
a) Talleres con alumnos, padres y docentes en las Escuela en general.
b) Huertas Comunitarias.
c) Actividades de apicultura.
d) Talleres de costura y tejido.
e) Actividades deportivas gripales, etc., etc.
ART.6º) RELACION INTER INSTITUCIONAL: el Ejecutivo Municipal realizará las gestiones que sean necesarias para unificar en este proyecto el Banco de préstamo de elementos ortopédicos ya existente en la ciudad.
FIN: aunar esfuerzos y conocimientos ya adquiridos para un mejor funcionamiento.
ART.7º) Los casos que demanden erogaciones, las cuales no puedan ser absorbidas por
ART.8) Los empleados Municipales nombrados en la medida que el proyecto lo necesite deberán ser aquellos que surjan de la misma Institución.
ART.9º) Las actividades que tomen carácter de Microemprendimiento, deberán ser reglamentadas por una Ordenanza adicional; la cual será insertada al proyecto HACER.
ART.10º) Dada la importancia que implica la recuperación de un sector de la sociedad para ser utilizado en beneficio de la misma deberá declararse el proyecto de Interés Municipal.
ART.11º) Elévese el proyecto a
ART.12º) Comuníquese, Publíquese, Archívese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Octubre 1, 1992.
Presidente: Manuel Casteleiro
Secretaria: Ismael Brea