Ord. 0786/92 Aprobación Del Proyecto “Hacer”.

VISTO:

Las   patologías  sociales,  DROGADICCION,   ALCOHOLISMO, DISCAPACIDAD,  y la necesidad de replantear  determinadas situaciones dentro de nuestra Comunidad.

Que la vejez no es solamente una cuestión de edad ni  del cuerpo,  sino  un estado de estancamiento  psíquico,  que padecen  aquellas  personas asiladas de la  sociedad  por algún motivo.

Que  muchas veces ese motivo es la deficiencia física,  o el daño mental provocado por la droga o el alcohol.

Que  la falta de creatividad ay trabajo que  involucre  a este  tipo  de personas hace a la  presencia  de  quienes lucran en su beneficio con los cuerpos de nuestros  jóvenes.

Que parte de nuestra población está siendo utilizada como un elemento de  consumo de un mercado, el que sólo tiende a la transformación de una sociedad en vieja y enferma.

La  falta en nuestra comunidad de un ente avalado por  la Municipalidad  y que esté al servicio de  quienes  desean engrandecer la moral y la dignidad de Va. Gdor. Gálvez,y

 

CONSIDERANDO:

 El deber que nos fue otorgado por el Pueblo, de mejorar la calidad de vida de nuestra comunidad.

Que  debemos  tratar  por todos los medios  de  frenar  el Síntoma  Social,  el cual no es el que se  produce  en  su Sujeto, sino es aquello que nos alerta de un mal funcionamiento den nuestra sociedad.

La necesidad de crear en favor de quiénes viven marginados por la deficiencia física, o la ignorancia familiar y  que esa marginación no sea el escalón anterior a la droga.

Que es imperiosa la detención del comercio infrahumano, el cual  lleva a la producción de desechos que no  se  pueden procesar.

Que debemos terminar con las propagandas contra la  Drogadicción,  las  cuales  terminan siendo  un  mero  discurso político en beneficio de quién lo pronuncia y dedicarnos a HACER en pro de la prevención a la marginalidad.

Son  prioritarias  las  intervenciones  que  promuevan  la creación  de un espacio grupal  propio en el cuál se  confieran oportunidades de expresión a sus integrantes.

La  falta  en nuestra comunidad de un Departamento  de  la Discapacidad,  que brinde un efectivo apoyo a quiénes  requieran la atención especial por parte del Gobierno  Municipal.

Que debemos dejar de estar al margen y participar  creando condiciones de solidaridad entre las personas  permitiendo Re  – Crear la Psiquis de las mismas y de esta manera  dar la  oportunidad  de Re – Insertar a cada individuo  en  el lugar que le corresponde en la sociedad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA    786/92

 

 

ART.1º) DEL NOMBRE: Dése el nombre de HACER al presente  proyecto de Ordenanza.

        FIN:  Crear  en la conciencia de la  ciudadanía  todo  un compromiso solidario de participación.

 

ART.2º) DEL ESPACIO FISICO: Acción Social y Medio Ambiente designará un lugar físico acorde a las necesidades del  proyecto.

        FIN: El espacio físico deberá tener la suficiente  dimensión  para  que en el mismo pueda funcionar un  Centro  de Rehabilitación  del drogadicto, un Banco de  Préstamos  de elementos  ortopédicos  y el desarrollo de  actividades  y diversos talleres.

        MEDIOS:  La  erogación económica que origine  el  espacio físico  deberá realizarse con la colaboración de  Instituciones  de Bien Público, empresas , personas o entes  oficiales que deseen hacerse cargo.

 

ART.3º) DEL DIRECTOR DEL PROYECTO: El Ejecutivo Municipal nombrará  una  persona  encargada de la  ejecución  y  dirección general del proyecto.

        FIN: Esta persona deberá ser lo suficientemente capacitada  para coordinar las actividades en etapas, las  que  se sucederán hasta la concreción total de HACER.

 

ART.4º) DEL PERSONAL: El Ejecutivo Municipal nombrará un empleado discapacitado, para la atención del Banco de Préstamos  de elementos.

        FIN: Se  trata de que esta persona cumpla más  eficientemente  el trabajo dado su condición y además podrá ser  un nexo  para acercar ciudadanos de similar condición  física con espíritu solidario.

 

ART.5º) DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR:

        5a) ACTIVIDADES DENTRO DE LA INSTITUCION:

             a) Talleres con adolescentes y padres.

                  FIN:  se abordarán temas de interés general y  fundamentalmente el de la Drogadicción.

             b) Talleres de Música, Arte, de Danzas, de Arte  Literario.

                  FIN: mediante la incursión en las artes  podrá mantenerse activa la mente de los participantes, permitiendo un desarrollo y una forma de  expresión de sus inquietudes.

             c) Banco de elementos ortopédicos.

                  FIN: mediante el préstamo de aparatos ortopédicos  se podrá  cubrir  una falla grave en  nuestra  comunidad  que carece  de  un lugar destinado, no sólo  al  discapacitado físico,  sino al discapacitado en tránsito, que no  pueden abonar e4l alquiler requerido por una ortopedia.

       El  mismo tendrá como finalidad, además del  préstamo,  la reparación  y construcción de nuevos  elementos,  realizar las tramitaciones correspondientes ante los entes  oficiales  de la Pcia. cuando el caso así lo  requiera,  atender las  derivaciones de casos especiales que  realice  Acción Social o la Secretaría de Salud.

       Además  de  asistir a los necesitados, el  Banco  atenderá cuando la capacidad de elementos lo permita, el pedido  de quienes  puedan abonar una renta o comprar alguna  de  las fabricaciones propias.

       En una segunda etapa el encargado del proyecto en conjunto con  el Ejecutivo Municipal crearán el Departamento de  la Discapacidad.

             d) Podrán realizarse también, dentro de la  Institución, talleres de costura y tejido.

                  FIN: con la fabricación de determinadas prendas puede llegarse a la venta con bajos costos para el consumidor  y de esa manera auto subvencionar parte del proyecto.

             e) Un Consultorio Psicológico.

                  FIN: asistir los casos que requieran de un tratamiento  especial y personal, siempre en el campo de la  Drogadicción, el Alcoholismo y la Discapacidad.

        5b) ACTIVIDADES FUERA DE LA INSTITUCION.

 

             a) Talleres con alumnos, padres y docentes en las Escuela en general.

             b) Huertas Comunitarias.

             c) Actividades de apicultura.

             d) Talleres de costura y tejido.

             e) Actividades deportivas gripales, etc., etc.

 

ART.6º) RELACION  INTER  INSTITUCIONAL:  el  Ejecutivo  Municipal realizará las gestiones que sean necesarias para  unificar en este proyecto el Banco de préstamo de elementos ortopédicos ya existente en la ciudad.

              FIN: aunar esfuerzos y conocimientos ya adquiridos para un mejor funcionamiento.

 

ART.7º) Los casos que demanden erogaciones, las cuales no  puedan ser  absorbidas  por la Institución,  deberán  seguir  los carriles normales de Acción Social.

 

ART.8) Los  empleados Municipales nombrados en la medida  que  el proyecto lo necesite deberán ser aquellos que surjan de la misma Institución.

 

ART.9º) Las actividades que tomen carácter de  Microemprendimiento, deberán ser reglamentadas por una Ordenanza adicional; la cual será insertada al proyecto HACER.

       

ART.10º)  Dada la importancia que implica la recuperación  de  un sector  de la sociedad para ser utilizado en beneficio  de la misma deberá declararse el proyecto de Interés  Municipal.

 

ART.11º) Elévese el proyecto a la Sub Secretaría de Acción Social y  Medio Ambiente de la Pcia. para que obtenga  un  tratamiento similar.

 

ART.12º) Comuníquese, Publíquese, Archívese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Octubre 1, 1992.

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Secretaria: Ismael Brea

 

 

 

print
Scroll al inicio