VISTO:

La tasa General de Inmueble y lo previsto en la  Ordenanza Nº 718/92 , y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario implementar el cobro del 1º Anticipo Mensual correspondiente al período fiscal 1993.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones

aprueba la siguiente:

 

 

ORDENANZA  Nº812/93

 

 

Art.1º) Emítase el 1er. Anticipo Mensual de la Tasa Gral. de In

muebles,  correspondiente al período fiscal 1993  con  los mismos  valores que rigieron para el 12º Anticipo  Mensual ’92.

 

Art.2º) Fíjese como primer vencimiento del 1er. Anticipo Mensual

el día 10 de Febrero de 1993.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.

 

 

Presidente: Manuel Casteleiro

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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