VISTO:
El Derecho de Registro e Inspección y lo previsto en
CONSIDERANDO:
Que es necesario implementar el cobro del 2º Período Mensual correspondiente al mes de Febrero de 1993.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº816/93
Art.1) Emítase el 2º Período Mensual del Derecho de Registro e Inspección, correspondiente al período Febrero/93 con los mismos valores que rigieron s/ Ordenanza Tributaria Nº 804/92 .
Art.2º) Fíjese como vencimiento del 2º Período Mensual el día 10 de Marzo de 1993.
Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 9 de Febrero de 1993.
Presidente: Manuel Casteleiro
Pro Secretaria: Victoria Beloni