VISTO:
Que se encuentran vigentes las Ordenanzas 844/93 y 845/93 , las que preveen la verificación de infracciones a
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar el texto de los articulados de dichas Ordenanzas a fin posibilitar al Departamento ejecutivo Municipal la concreción de los objetivos previstos en las mismas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA NĀŗ 873/93
ART.1º) Se proceda a adecuar las Ordenanzas 844/93 y 845/93 las que quedarÔn redactadas en su articulado de la siguiente forma.
ART.2Āŗ) ORDENANZA 844/93 (Nuevo texto)
ART.1Āŗ) Proceder a verificar la situación de los inmuebles ubicados dentro del ejido Municipal de la ciudad de Villa Gobernador GĆ”lvez, pertenecientes a personas fĆsicas o jurĆdicas, de carĆ”cter pĆŗblico o privado que tengan desactualizados el plano de obra de Edificios nuevos, ampliaciones y/o refacciones de las denuncias primitivas, con la correspondiente recategorización como consecuencia de la incorporación de mejoras, las que se deberĆ”n ajustarse a las valuaciones que se practiquen.
ART.2Āŗ) Ordenar una campaƱa para la detección de las infracciones aludidas en el artĆculo anterior y notificar formalmente que vencido el plazo establecido en la ley 10.963 de presentación espontĆ”nea en lo relativo a
ART.3Āŗ)
ART.4Āŗ) De forma.
ORDENANZA NĀŗ 844/93
REGLAMENTO UNO
PRIMERA: Objeto: Las clÔusulas de este Reglamento Uno corresponde a lo expresado en el Art. 2º de al Ordenanza Nº 844/93 lo que respecta a: 1) La incorporación de mejoras al catastro provincial en cumplimiento de ley Provincial 10.963.
SEGUNDA: Inspección: A los efectos de comprobar la situación de los inmue bles situados dentro del ejido municipal, atento a lo expresado en la clĆ”usula primera, se constatarĆ” si la superficie cubierta existente en el inmueble coincide con la que figura en el Ćŗltimo padrón inmobiliario, asĆ como si se hubieren producido variaciones en la categorĆa de lo edificado.
TERCERA: Comprobación: Verificada la infracción se procederÔ a notificar la misma al propietario o poseedor a efectos de regularización.
CUARTA: Presentación EspontÔnea: Dentro del término establecido en la ley 10.963 para
QUINTA: Actuación de Oficio: Transcurridos los términos para la presentación espontÔnea determinados en la clÔusula anterior se procederÔ a la verificación de oficio de todos los contribuyentes que no se hubieren presentado en forma espontÔnea.
SEXTA: Verificación y Relevamiento de Oficio: La inspección verificarĆ” en dicho acto de oficio la subsistencia de los datos catastrales obrantes en el padrón Inmobiliario Provincial y procederĆ” a su actualización. De verificarse la falta de declaración de mejoras, se realizarĆ” segĆŗn corresponda un relevamiento expeditivo de las superficies cubiertas evadidas, amparada la autoridad local en el poder de la policĆa catastral. En el mismo acto se determinarĆ”n las categorĆas de las superficies relevadas.
SEPTIMA: A los Inspectores: Al concurrir a inspeccionar un inmueble, en cumplimiento de las clĆ”usulas anteriores y en función de la facultad delegada al personal actuante del poder de policĆa catastral, atributo del municipio, munidos del carnet identificatorio que extenderĆ”
OCTAVA: Dificultad para ingresar a
NOVENA: Casos no contemplados: Todo aquello que no hubiere sido incluido en esta reglamentación serÔ resuelto acorde a lo que determine el Ejecutivo Municipal.
ART.3Āŗ) ORDENANZA 845/93 (Nuevo Texto)
ART.1Āŗ) Llamar a concurso pĆŗblico de TĆtulos y antecedentes para el otorgamiento de la concesión referida a la actualización de la mejoras detectadas e incorporación de las mismas al catastro provincial en cumplimiento de la ley Provincial NĀŗ10.963 y cualquier otro rubro que
ART.2Āŗ) La presente convocatoria se ajustarĆ” al “Pliego de bases y condiciones”, que como anexo A, forma parte de la presente Ordenanza.
ART.3Āŗ)
ART.4Āŗ) De Forma.
ANEXO A
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES LEGALES
ART.1Āŗ) Convocatoria a concurso de TĆtulos y Antecedentes.
1.1
ART.2º) ClÔusulas generales de la licitación:
2.1 Los servicios que se liciten, contraten y ejecuten, referidos a este pliego, se someterÔn a un orden legal de prelación establecido en el mismo o en documentación adjunta vinculada.
Los distintos documentos de los contratos se complementarĆ”n entre sĆ, de manera que cualquier omisión de uno de ellos quedarĆ” salvada por su referencia en el otro.
A todas las actuaciones no previstas, expresa o implĆcitamente en el presente pliego de bases y condiciones, las partes se sujetan a lo normado por el Código Civil y las leyes nacionales y provinciales pertinentes.
2.2 Términos: En el texto de este pliego, y en toda otra documentación contractual correspondiente, se emplearÔn los siguientes términos, y serÔn entendidos en adelante como aquà se indica:
Provincia……………..Prov. de Santa FĆ©
Municipalidad…………..Munic. de Villa Gobernador GĆ”lvez
Intendente……………..Intend.Munic. de Villa Gobernador GĆ”lvez
Auditoria TĆ©cnica……….Es
Contratista……………Es la persona o personas, con entidad jurĆdica, a quien se adjudica la licitación.
Director TĆ©cnico………..Es el profesional habilitado, designado por el contratista, para representarlo en las operaciones y gestiones tĆ©cnicas, asĆ como en la conducción de los trabajos.
Auxiliar TĆ©cnico………..Es el profesional habilitado para actuar en ausencia del Director TĆ©cnico, pudiendo asistir un tĆ©cnico para cada especialidad licitada.
Legajo…………………SerĆ” la documentación integrada por este pliego y toda otra documentación que se anexe solidariamente al mismo como parte legal complementaria.
Propuesta………………Es la oferta de precios presentada por el proponente, en el acto de licitación, dentro de las condiciones que este pliego estipule.
2.3 Sistemas de contratación: Los servicios que se contraten se regirÔn por las disposiciones indicadas en este pliego y en su documentación legal y técnica anexa.
2.4 Junta Evaluadora Municipal: EstarĆ” integrada por el funcionario municipal designado por
ART.3Āŗ) Concurso PĆŗblico de TĆtulos y Antecedentes:
3.1 Adquisición del pliego: El pliego se encontrarĆ” para su adquisición, en el lugar que se indique en el aviso oficial del Concurso PĆŗblico de TĆtulos y Antecedentes hasta el tercer dĆa hĆ”bil anterior a la fecha del Concurso.
En el momento de adquirir el pliego se deberƔ fijar domicilio dentro del ejido urbano de la ciudad de Villa Gobernador GƔlvez para posibles notificaciones.
3.2 Aclaraciones: Los adquirentes del pliego podrĆ”n solicitar aclaraciones por escrito del mismo, hasta el mismo dĆa de cierre de la adquisición del pliego.
3.3 Informaciones que debe poseer el oferente: La presentación de una propuesta significa que el oferente conoce el texto del pliego, que estĆ” informado como para efectuar su oferta, y tener una exacta apreciación de la naturaleza de los trabajos, sus caracterĆsticas, dificultades y su costo.
3.4 Forma de presentar una propuesta: La propuesta serĆ” presentada en el lugar designado a ese fin, hasta la fecha y hora indicada para ello, en el lugar que designen los avisos oficiales.
Todos los elementos que configuran la propuesta deberƔn ser firmados por el oferente y el Director TƩcnico respectivo.
3.5 Recibo de la propuesta: Toda propuesta presentada en tiempo y forma recibirÔ un recibo de recepción.
3.6 Apertura de la propuesta: En el lugar, dĆa y hora establecido por el aviso del Concurso de TĆtulos y Antecedentes, o en el dĆa inmediato siguiente si aquel o posteriores fueran declarados feriados o asueto administrativo, se darĆ” comienzo al acto del Concurso, que serĆ” presidido por el funcionario que
Cumplida la hora fijada en el pliego para la iniciación del acto, y una vez comenzado el mismo no se aceptarĆ”n sugerencias sobre las caracterĆsticas del acto.
El aplazamiento de la hora fijada para la apertura por quien presidirƔ el Concurso, u otra autoridad delegada, serƔ posible dejando constancia de ello en un acta que refrendarƔn los representantes de
3.7 Presentación de la oferta: Todo oferente presentarÔ su oferta en dos (2) sobres cerrados identificados como uno (1) y dos (2) en cuyo exterior se identificarÔ el nombre de la contratista que se postula como oferente y el detalle de la documentación que exige este pliego para cada sobre.
3.8 Sobre Uno (1): El Sobre Uno (1) contendrĆ”:
3.8.1 Constancia de haber adquirido el pliego dada por
3.8.2 La declaración jurada del oferente en la cual manifieste que conoce Ćntegramente el pliego y se somete a las condiciones establecidas, dicha declaración serĆ” subscripta por el proponente y el Director TĆ©cnico.
3.8.3 Declaración jurada de que Ć©l o los signatarios de la propuesta estĆ”n suficientemente habilitado legalmente para efectuar la presentación, y que la persona si es jurĆdica se encuentra debidamente inscripta.
3.8.4 El domicilio legal del oferente constituido en el Ɣrea municipal.
3.8.5 Declaración jurada de la nómina de servicios realizados o en ejecución por el oferente o su cuerpo técnico.
3.8.6 Designación y currĆculum vitae del Director TĆ©cnico.
3.8.7 Antecedentes de los profesionales, tƩcnicos y personal que integrarƔ el plantel de la firma oferente.
3.8.8 Informes de interƩs y otros como referencia del oferente.
3.9 Sobre Dos (2): El Sobre Dos (2) contendrĆ”:
3.9.1 La propuesta del oferente para prestar los servicios.
3.9.2 Propuesta económico financiera, costos, plazos y condiciones aplicables al servicio.
3.9.3 Propuesta de contrato.
3.9.4 Diagrama de marcha de los trabajos a realizar.
3.9.5 Plazo de ejecución para cada Ćtem.
3.9.6 Propuesta de garantĆa a otorgar, a constituirse sobre bienes registrables, y cuyo monto estarĆ” en relación directa y proporcional a la propuesta económica-financiera, costos y financiamiento.
3.9.7 Cantidad estimada de personal a emplear y categorĆa de los mismos.
3.10 Desarrollo del acto del Concurso de TĆtulos y Antecedentes: En la fecha fijada en el llamado a concurso se procederĆ” a la apertura de las ofertas, siendo presidido el acto por aquel funcionario municipal designado por el Departamento Ejecutivo a tal efecto, como asĆ tambiĆ©n integrarĆ” el mismo
3.10.1 Se abrirĆ” por
3.10.2 Se labrarĆ” un Acta donde consignarĆ”, lugar y fecha donde se constituye
3.10.3 Los Sobres Nº Uno (1) quedarÔn en poder de
3.10.4 La precalificación serĆ” tratada con dictamen del funcionario municipal designado como presidente, el que podrĆ” ser asistido por idóneos en el tema, como asĆ tambiĆ©n deberĆ” obrar el pertinente informe acorde a su esfera de competencia y entendimiento de los responsables mĆ”ximos de las Ć”reas de TopografĆa y Catastro, ContadurĆa General y Tributos, las conclusiones a las que arribe
Los Sobres Nº Dos (2) serÔn depositados en
En ese acto se comunicarĆ” a los oferentes el lugar, dĆa y hora de la apertura de los Sobres NĀŗ Dos (2).
3.10.5 La apertura de los Sobres NĀŗ Dos (2), se efectuarĆ” con
Al acto podrÔn concurrir los oferentes, y en tal oportunidad se abrirÔn solamente los Sobres Nº Dos (2) de aquellos oferentes que hubieren sido precalificados. Los Sobres Nº Dos (2) restantes, que no entraron en la precalificación, serÔn devueltos sin abrir, y si el oferente no se encontrase presente, podrÔ retirarlo de
3.11 Criterios para
3.11.1 No serÔn precalificados aquellos oferentes que no acrediten haber participado como Empresa o su personal técnico en una prestación de servicios semejante, siendo la antigüedad de los antecedentes no mayor a cinco (5) años.
3.11.2 No serƔn precalificados los oferentes que a juicio de
3.12 Descalificación de propuestas: SerÔn descalificadas las propuestas en las que se compruebe:
3.12.1 Que el mismo proponente o su Director TƩcnico hayan integrado otras propuestas en este concurso.
3.12.2 Que exista acuerdo tÔcito entre dos o mÔs concursantes o Directores Técnicos en la misma presentación.
3.12.3 La inclusión incorrecta de documentación correspondiente a un sobre en otro.
3.12.4 SerƔn descalificadas aquellas empresas que hayan rescindido contratos con
3.13 Puntaje: La propuesta serĆ” analizada por
3.13.1 El contenido del Sobre NĀŗ Uno (1) serĆ” evaluado de acuerdo a los presentes Ćtems hasta un mĆ”ximo de setenta (70) puntos y exclusivamente referidos a el Director TĆ©cnico y dos auxiliares principales (como mĆ”ximo).
3.13.2 CurrĆculum vitae: MĆ”ximo diez (10) puntos.
3.13.3 TĆtulos afines: MĆ”ximo diez (10) puntos.
3.13.4 Capacidad operativa y técnica en función a experiencias: MÔximo veinte (20) puntos.
3.13.5 Antigüedad en profesión: MÔximo diez (10) puntos.
3.13.6 Especialidades: MƔximo diez (10) puntos.
3.13.7 Presentación primera propuesta: MÔximo diez (10) puntos.
3.13.8 El contenido del Sobre Nº Dos (2) se evaluarÔ según el contrato tipo presentado por los oferentes, merituando las condiciones generales y particulares de la presentación. El puntaje mÔximo a asignar serÔ de treinta (30) puntos.
ART.4º) De la adjudicación y contratación:
4.1
Cumplidas las exigencias de este artĆculo,
4.2 No concurrencia a formar y firmar el contrato: Si el adjudicatario no concurriera a formalizar el contrato, dentro de los diez (10) dĆas corridos de la fecha de la notificación,
En el supuesto anterior, y en el desestimiento de la oferta,
4.3 Subcontratistas: Queda expresamente establecido que para los trabajos que se liciten,
ART.5Āŗ) Programas del Concurso PĆŗblico de TĆtulos y Antecedentes y Cómputo de los Plazos:
5.1 Concepto Cantidad de dĆas
1) Publicidad de llamado 10
2) Venta de pliegos 5
3) Presentación de antecedente y propuestas 15
El Poder Ejecutivo Municipal queda facultado para modificar los plazos antes indicados.
5.2 Todos los plazos de este pliego se establecen en dĆas hĆ”biles administrativos, salvo indicación en contrario. Si el vencimiento de un plazo a la fecha prevista recayese en un dĆa no hĆ”bil, el mismo se efectuarĆ” en el dĆa hĆ”bil siguiente, a la misma hora prevista para su realización.
ART.6Āŗ) Publicidad del Concurso PĆŗblico de TĆtulos y Antecedentes, Venta de
Pliegos y Condiciones Generales:
6.1 El llamado a Concurso PĆŗblico de TĆtulos y Antecedentes para el otorgamiento de la concesión referida a la actualización de los catastros de
6.1.1 Publicarse en carteleras transparentes en lugares visibles y de fÔcil acceso al público dentro del palacio Municipal.
6.1.2 Dos diarios de mayor circulación en
6.2. Los anuncios del llamado a concurso contendrƔn:
6.2.1 El objeto del llamado a concurso
6.2.2 El lugar, fecha y hora para compra del pliego y su precio.
6.2.3 El lugar y fecha para la presentación de las propuestas.
6.2.4 El lugar y fecha para la apertura de la propuesta.
6.2.5 Todo otro dato informativo que se considere conveniente.
6.3 Cada ejemplar del pliego se hallarĆ” foliada y firmado por
6.4 Los pliegos podrƔn adquirirse en
6.5 El precio de venta de cada pliego se fija en pesos cinto cincuenta ($150.-)
6.6 Sólo los que demuestran fehacientemente la adquisición del pliego, podrÔn efectuar presentaciones en el mismo a efectos de ejercicio de su facultad de obtener información u otras que hagan al interés de presentación de ofertas, como asimismo presentar propuestas y solicitar aclaraciones.
6.7 El adquiriente del pliego que no presentare propuesta oportunamente, perderÔ automÔticamente su derecho de consulta y/o de información.
6.8 La adquisición del presente pliego como asimismo la presentación y recepción de propuestas no implicarÔ de ninguna manera relación alguna con
6.9 Una vez efectuadas las selecciones por parte de
ART.7Āŗ) De los participantes:
7.1 Pueden ser participantes las personas fĆsicas o jurĆdicas de carĆ”cter privado o pĆŗblico.
7.2 No podrƔn ser participantes:
7.2.1 Las personas jurĆdicas o fĆsicas que a tĆtulo personal o como integrantes de cualquier tipo de sociedad estĆ©n inhabilitadas para contratar con
7.2.2 Los fallidos o concursados mientras no obtengan su total rehabilitación y quienes se hallaren sujetos a un concurso o pedido de quiebra o liquidación.
7.2.3 Los condenados judicialmente con pena accesoria de inhabilitados por delito contra la propiedad, la fé pública, la honestidad, la libertad individual, cohecho, violación de domicilio, usura, usurpación, malversación de caudales públicos y tenencia o trÔfico de estupefacientes.
El impedimento subsistirƔ hasta que transcurran cinco (5) aƱos de cumplida la condena.
7.2.4 Los funcionarios y empleados de la administración pública municipal hasta que transcurran dos (2) años del cese de sus funciones.
7.2.5 Los deudores morosos del fisco municipal, por deudas por cualquier concepto, y mientras no cancelen las mismas. EntendiƩndose como deudor moroso a aquƩl que no ha tributado por el lapso de mƔs de un (1) aƱo.
7.2.6 Quienes tengan un reclamo judicial o administrativo pendiente de resolución contra
7.2.7 Los oferentes deberĆ”n acompaƱar una declaración jurada en la que manifiesten que no se encuentran comprendidos en algunos de los impedimentos establecidos en este artĆculo.
ART.4Āŗ) ComunĆquese, PublĆquese, RegĆstrese.
Dado en Sala de Concejo Deliberante, Julio 22, 1993.
Presidente: Magdalena Sarache
Secretaria: Nestor Espinoza
