VISTO:

La Tasa General de Inmuebles y lo previsto en la Ordenanza Nº 718/92 , y

 

CONSIDERANDO:

Que  es  necesario  implementar el cobro  del    Período Mensual correspondiente al período fiscal Agosto 1993.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:



ORDENANZA  Nº 876/93



Art.1º) Emítase el 8to Período Mensual de la Tasa General de Inmuebles, correspondiente al período Fiscal Agosto de  1993 con  los  mismos valores que rigieron para el    Período Mensual.

 

Art.2º) Fíjese como primer vencimiento del 8º Período Mensual el día 10 de Setiembre de 1993.

 

Art.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 12 de Agosto de 1993.

 

 

Presidente: Magdalena Sarache

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

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