Ord. 1069/95 Autoríz. Depto Ejec Municipal Concretar Donación Lotes Sección Catastral 11º.

VISTO:

 

La necesidad imperiosa de dar un principio de solución  al problema que aqueja a padres, alumnos, personal  directivo y docente de la Escuela Taller de Educación Manual Nº68 de nuestra ciudad, situación que afecta a la comunidad educativa en su totalidad;

El  inminente traslado de ésta Escuela Taller al  edificio que  ocupa  la Escuela Nº1024, desocupando  totalmente  el edificio donde funciona en la actualidad;

El  acta suscripta por padres de alumnos que  concurren  a dicho  establecimiento, miembros de la comunidad,  el  Sr. Intendente Municipal y funcionarios municipales;

La  posibilidad de arribar a una solución a través  de  la intervención del Gobierno Municipal, mediante la  donación a  la  provincia  de un inmueble donde instalar  en  forma definitiva la Escuela;

Los datos catastrales de los lotes 6 y 7 de la Sección 11, Manzana 52, P.I.I.Nº 304.627;

La Ley Nº 2.756, Art. 5º y 45º Inc. “A” ; y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que el problema suscitado en relación a la Escuela  Taller de Educación Manual Nº68, en cuanto a la desocupación  del local y su traslado, si bien no atañe directamente a  ésta Administración,  por  estar  involucrada  la  comunidad  y principalmente los niños que acuden a la misma, es  intención  del  Gobierno Municipal y del  Intendente  Municipal colaborar en lo posible en la solución del mismo.

Que  esta  Municipalidad cuenta con dos lotes  de  terreno situados  en la Sección 11, Manzana 52,  catastrados  bajo  los Nº 6 y 7, le corresponden en propiedad, Arts. 5º y 45º Inc. “A” , de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756.

Que  en  dicho terreno existen construcciones  llevadas  a cabo  por ésta Municipalidad, que remodeladas y  adecuadas servirían  de base para el futuro edificio de  la  Escuela Taller a construir.

 

Que para proceder el Ministerio de Educación del  Gobierno Provincial  a construir el Edificio propio de  la  Escuela Nº68, en el inmueble mencionado, es menester proceder a la donación  del  mismo  a la Provincia para  tales  fines  y destino.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1069/95

 

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar a cabo todos los actos y trámites necesarios y   conducentes para concretar la donación de los Lotes 6 y 7 de la Manzana 52 de la Sección Nº11 del Catastro Municipal al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, con cargo de construir  en ella el edificio propio de la Escuela Taller Nº68

 

ART.2º) Comuníquese la presente Ordenanza al Gobierno  Provincial a los fines que fuere menester.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Abril 6, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

print
Scroll al inicio