VISTO:
El convenio firmado por el Sr. Gobernador, Don Carlos Alberto Reutemann, y
CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, tiene un crecimiento Poblacional, Empresarial y Comercial continuo.
Que es función propia de los Concejales, legislar en materia de transporte, garantizando un servicio adecuado que beneficie a toda la comunidad. Conociendo que una importante cantidad de población se traslada diariamente a Bs. Aires y para ello debe movilizarse hacia
Que contamos con una estación de Ferrocarril, Coronel Aguirre, que es atravesada por los servicios de pasajeros desde y hacia Bs. Aires con destino a Rosario, Córdoba y Tucumán, vemos la necesidad de recuperar el funcionamiento de
Que el funcionamiento como estación de pasajeros traería como beneficio adjunto la activación comercial de una zona que se encuentra hasta el presente casi marginada de la pujanza económica de nuestra Ciudad.
Que entre las actividades comerciales que acompañarían el ascenso y descenso de pasajeros, estarían la parada de taxis, expendio de diarios, bar, servicios sanitarios, centro comercial y transporte urbano e interurbano.
Incentivado por la incesante labor desplegada por el Señor Intendente, Don Pedro Jorge González, en aras del mejoramiento de nuestra Ciudad, que redunda en beneficio de todos sus habitantes, apoyado desde las altas esferas de nuestra Provincia por el Señor Gobernador Carlos Alberto Reutemann, es que proyectamos este emprendimiento para bien de la comunidad toda de Villa Gobernador Gálvez, que seguramente contará con el apoyo y aprobación del Señor Intendente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1108/95
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a tramitar ante el Gobierno Provincial la posibilidad de que en la estación Coronel Aguirre se realice el ascenso y descenso de pasajeros de todos los trenes (Bs. Aires, Córdoba, Tucumán), que por ella circulan, convirtiéndola en la parada obligatoria de la zona Sur del Departamento Rosario.
ART.2º) Facúltase al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar la reparación de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de Agosto de 1995.
Presidente: Carlos Croci
Pro Secretaria: Victoria Beloni