VISTO:

 

El  Expte. Nº1105/95, Expte. Municipal Nº  14.789/95,  de fecha 19 de Setiembre de 1.995, por el cual el  Ingeniero Geógrafo  Miguel Angel Prece, solicita la  aprobación  de los  planos de Mensura y Subdivisión de una propiedad  de los  señores QUIRINI ULISSE MORENI,  FRANCISCA  ENRIQUETA MARIA  MORENI,  FERNANDO  LUIS  MORENI,  MARIA  FLORENCIA MORENI y MARIA ELENA DE LA ENCINA, y

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que  los Señores propietarios han efectuado la  correspondiente  donación   de calles a la Municipalidad  de  Villa Gobernador  Gálvez, según actas de donación obrante en  el mencionado expte.

Que  las medidas de las lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al Reglamento de Uso y División de Suelo, Ordenanza  71/74  y  sus modificatorias  vigente  en  esta Municipalidad.

Que se encuentra vigente la Ordenanza 1075/95 , que suspendió  por el termino de 120 días todas las  urbanizaciones, loteos, amanzanamientos y/o aparcelamientos, y su prórroga por  60 días dispuesta por Ordenanza 1104/95 ,  siendo  que para  el caso en cuestión, es aplicable el artículo 6º  de la  Ordenanza 1075/95, que textualmente reza:  “exceptúase de  la presente Ordenanza los loteos que  sean  necesarios para la construcción de viviendas Municipales o Provinciales”.

Que  en la fracción de terreno cuya mensura y  subdivisión se  aprueba en la presente Ordenanza, se  construirán  viviendas con fondos de la Dirección Provincial de  Vivienda y  Urbanismo  de la Provincia de Santa Fe,  obras  que  se ejecutarán  por  cuenta de  la  Empresa  SIRYI-PIEDRABUENA S.R.L., por lo que es necesario preveer que se realicen en forma  efectiva las obras de infraestructura prevista  por la Ordenanza 71/74 y sus modificatorias.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1119/95

 

 

Art.1º) Apruébase  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de         terreno ubicada en la Sección Catastral 2º -Manzanas 41  y 47, parcela Nº34 según plano Nº 5.686/31, situado en Villa Gobernador  Gálvez,  Departamento  Rosario,  Provincia  de Santa  Fe y cuyo dominio es:  Tomo Nº 272 “C” –  Folio  Nº 1.796    Número 92.563 – Departamento Rosario   de  fecha seis  de  agosto de mil novecientos sesenta y  dos,  y  su superficie  es de 30.150,00 m², dando origen a la  manzana Nº 41, con lotes número 1 al 20 inclusive y la manzana Nº47 con lotes del 1 al 20 inclusive, según el plano confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Miguel Ángel Prece.

 

 

ART.2º) Acéptase  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de  7.500 m² de superficie para apertura de las calles  públicas  a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez,  según plano  de mensura que es parte integrante  del  expediente Municipal Nº14.789/95.

 

ART.3º) Acéptase la donación de una fracción de terreno de 13.590 m² de superficie, destinado a  espacio verde a la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura obrante en el expte. Municipal 14.789/95.

 

ART.4º) Hágase  constar  que  la escrituración  del  predio  para calles  públicas y espacio verde se llevará a cabo  dentro de  los noventa (90) días de la fecha de aprobación de  la presente Ordenanza, ante Escribano Público que designe  la Municipalidad.

 

ART.5º) Hágase  constar que la presente aprobación de los  planos de  mensura y subdivisión de la Propiedad descripta en  el art.1º,  queda sujeta al cargo de la efectiva  realización de  Viviendas  con fondos de la  Dirección  Provincial  de Viviendas y Urbanismo.

 

ART.6º) Déjase  expresamente  aclarado que  los  certificados  de final de obra de cada una de las viviendas a  construirse, se extenderán una vez finalizada en su totalidad las obras de  infraestructura  que  prevee el Reglamento  de  Uso  y División  del Suelo – Ordenanza Nº71/74 y sus  modificatorias vigente en esta Municipalidad.

 

ART.7º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Septiembre 28, 1995.

 

 

Presidente: Carlos Croci

Secretaria: Nestor Espinoza

 

 

 

print