Expte. Nº 1.515/98.
VISTO:
El plano de distribución de las fracciones destinadas a la construcción de Panteones Sociales y Familiares, vigente en esta Municipalidad, y
CONSIDERANDO:
Que en el sector comprendido por las calles Nº 14 al NORTE, la calle Nº 12 al SUR y los sectores de panteones Nº 20 y 21 en sus costados OESTE y ESTE respectivamente, existe un paso de
Que dicho espacio es apto para la construcción de Panteones Familiares con frente NORTE y SUR, permitiendo así un mejor aprovechamiento del suelo.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1327/98
ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a ofrecer para su venta una fracción de terreno de 6,00 metros de frente en sus costados NORTE y SUR, por 8,00 metros de ancho en el sector comprendido por la calle Nº 14 al NORTE, calle Nº 12 al SUR y los sectores de panteones Nº 20 y 21, de acuerdo al croquis que se adjunta; debiendo ajustarse el precio de venta a lo dispuesto por
ART.2º) Dispóngase por
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de Agosto de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
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CALLE Nº 14 5,00
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¦ ¦0,50m ¦ ¦0,50m _
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SECTOR Nº 20 ¦ <-¦ VEREDA PEATONAL¦-> ¦ SECTOR Nº21
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¦ ¦ ¦ ¦ 8,00m
¦ ¦_—-6,00m—–_¦ ¦ _
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CALLE Nº 12 2,20
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