Ord. 1371/98 Mensura y subdivisión terrenos sección 13°

Exptes. Nº  1.611/98 y 1.458/98.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 19.026/97 de fecha 13 de  Octubre  de  1.997 por el cuál el  Ingeniero  Geógrafo  Miguel Angel  Prece,  solicita  la aprobación de  los  planos  de Mensura y Subdivisión de una propiedad de la Señora Patricia Susana Boveri, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Señora propietaria ha efectuado la  correspondiente donación de calle y espacios verdes a la Municipalidad  de Villa  Gobernador Gálvez, según actas de donación  inserta en los folios Nº 18 al 26, inclusive.

Que  las medidas de los lotes resultantes de  la  división están de acuerdo al Código Urbano Municipal, aprobado  por Ordenanza Nº 1.144/95, vigente en esta Municipalidad.

Que se han cumplimentado en forma parcial con las obras de infraestructura  previstas en dicho Código, de acuerdo  al Artículo Nº 534, obrando en el Expediente de referencia un Convenio celebrado entre el Propietario y el  Departamento Ejecutivo  Municipal,  por el cuál este  último  asume  el compromiso de concluir las obras de infraestructura   cuyo costo será soportado por el Propietario.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1371/98

 

ART.1º) Apruébase  la  Mensura y Subdivisión de una  fracción  de terreno,  ubicada en la Sección Catastral Nº 13º,  Parcela Nº 28, designada como Nº 1, según Planos 6-112/50, situada en Villa Gobernador Gálvez y cuyo dominio es Folio Real Nº 16-9503 de fecha 17 de Octubre de 1.994 y su superficie es de 50.000 m², dando origen a las Manzanas Nº 39 con  lotes desde el número 1 al 25 inclusive, Manzana Nº 40 con lotes desde  el  Nº 1 al 32 inclusive, Manzana Nº 41  con  lotes desde  el  Nº 1 al 10 inclusive, Manzana    48  (espacio verde), manzana Nº 49 con lotes desde el Nº 1 al 32 inclusive, y Manzana Nº 50 con lotes desde el Nº 1 al 16 inclusive,  según el plano confeccionado por el  Ing.  Geógrafo Miguel Angel Prece.

 

 

ART.2º) Acéptese  la  donación  de una  fracción  de  terreno  de 16.971, 04 m² de superficie para la apertura de las calles públicas  a la Municipalidad de Villa  Gobernador  Gálvez, según plano de Mensura, que es parte integrante del  Expediente Municipal Nº 14.789/95.

 

ART.3º) Acéptase  la donación de una fracción de 4.913,83    de superficie, destinado a espacios verdes a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de Mensura obrante en el Expediente Nº 44.789/95.

 

ART.4º) Hágase constar que la acreditación del predio para calles públicas y espacios verdes se llevará a cabo dentro de los 90 (noventa) días de la fecha de aprobación de la presente Ordenanza, ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

 

ART.5º) Estipúlase  que la propietaria deberá ceder el 5 % de  la superficie  del predio,  según lo establece el Sub  Título 5.3.2.2.  DESTINO  DE LAS SUPERFICIES CEDIDAS  del  Código Urbano Municipal.

 

ART.6º)  Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  28 de Diciembre de 1.998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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