Expte. Nº 2745/05
VISTO:
La Ordenanza 1645/05 .
El Decreto del Intendente Municipal Nº 3497/05, y
CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo reconsiderar las Ordenanzas, decretos y resoluciones que fueran observadas por el Departamento Ejecutivo Municipal dentro de los diez días de su comunicación o insistir en ellas por los dos tercios de los votos favorables de la totalidad de los concejales que correspondieran por esta ley a cada municipio… (Art. 39 inc. 2 Ley 2756)
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1647/2005
ART.1º) Modifíquese el artículo 1º de la Ordenanza 1645/2005 el que quedará redactado de la siguiente manera :
Establécese un Régimen de regularización y facilidades para el ingreso del pago de la Tasa General de Inmuebles y sus adicionales, para las deudas vencidas hasta el periodo 12/04 y el importe total de las cuotas impagas de convenios vigentes al 30/06/05, cualquiera fuese su estado, aun cuando se encuentren con resolución administrativa firme, intimadas o en proceso ante la justicia sometidas a juicio de ejecución fiscal o incluidas en regímenes de facilidades de pago, hubiesen o no caducado los correspondientes beneficios. Suspéndase durante la vigencia de la presente Ordenanza la aplicación de las normas que contengan disposiciones que se contrapongan con el presente.
ART.2º) Mantiénese la vigencia de los artículos 2º al 12º de la Ordenanza 1645/2005 .
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de diciembre de 2005.
Presidente: Daniel Machado
Pro Secretaria: Victoria Beloni