Expte. Nº 2745/05

VISTO:

             La Ordenanza 1645/05 .

             El Decreto del Intendente Municipal Nº 3497/05, y

CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo “ reconsiderar las Ordenanzas, decretos y resoluciones que fueran observadas por el Departamento Ejecutivo Municipal dentro de los diez días de su comunicación o insistir en ellas por los dos tercios de los votos favorables de la totalidad de los concejales que correspondieran por esta ley a cada municipio…” (Art. 39 inc. 2 Ley 2756)

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

                                     

ORDENANZA Nº 1647/2005

 

ART.1º)  Modifíquese  el artículo 1º de la Ordenanza 1645/2005 el que quedará redactado de la siguiente manera :                

“ Establécese  un Régimen de regularización  y  facilidades   para  el ingreso del pago de la Tasa General de Inmuebles y sus  adicionales,  para  las deudas vencidas hasta el periodo 12/04 y el importe  total de  las cuotas impagas de convenios vigentes  al  30/06/05, cualquiera  fuese su estado, aun cuando se encuentren  con resolución  administrativa  firme, intimadas o en  proceso  ante  la   justicia sometidas a juicio de ejecución fiscal o incluidas en regímenes de facilidades de pago, hubiesen o no caducado los correspondientes beneficios. Suspéndase durante la vigencia de la presente Ordenanza la aplicación  de las normas que contengan disposiciones  que se contrapongan con el presente. “ 

 

ART.2º) Mantiénese la vigencia de los artículos 2º al 12º de la Ordenanza 1645/2005 .

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de diciembre de 2005.

Presidente: Daniel Machado

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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