Expte. Nº 3.576/09.
VISTO:
La Resolución Nº 521 de la Provincia de Santa Fe, de la Dirección General de Industria, declarando oficialmente la existencia de un Área Industrial de Desarrollo en Villa Gobernador Gálvez.
La Ordenanza Nº 1.608/04.
La Ordenanza Nº 1.415/99 (Código Tributario Municipal) y Ordenanzas complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 1º de
Que el Art. 3º de
Que el Art. 4º de la misma Ordenanza establece
Que una de las zonas establecidas es
Que resulta necesario distinguir entre las Plantas Fabriles y/o Industriales que cuenten con autorización y habilitación municipal, así como también con Instalaciones Portuarias Privadas con capacidad de almacenamiento por medio de silos o celdas a los fines de desarrollar actividades en las que reciban o fleten mercaderías, materias primas, productos, etc., por medio de transportes o unidades de cargas, diferenciándolas de las industrias radicadas en el predio del Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez, acompañando de esta manera el esfuerzo de las industrias que se radican en dicha Área Industrial, por lo que resulta razonable otorgarles una categoría distinta.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1852/2009
ART. 1º) Agréguese al Art. 4º última parte de la Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04 y modificatorias Ordenanza Nº 1.672/06, el siguiente texto:
Zona especial Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez.
Código Importe
2000 $ 100 por cada
La presente tabla de básicos para el cálculo de
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de agosto de 2.009.
Presidenta: Olga G. Coteluzzi
A/C Secretaria: Mario Correale