Expte. Nº  3.576/09.

VISTO:

La Resolución Nº 521 de la Provincia de Santa Fe, de la Dirección General de Industria, declarando oficialmente la existencia de un Área Industrial de Desarrollo en Villa Gobernador Gálvez.

La Ordenanza Nº 1.608/04.

La Ordenanza Nº 1.415/99 (Código Tributario Municipal) y Ordenanzas complementarias, y

 CONSIDERANDO:

Que el Art. 1º de la Ordenanza N º 1.608/04 establece los valores tributarios tarifados en los Artículos 3º y 4º según lo prescripto por el Código Tributario Municipal y complementarias.

 

Que el Art. 3º de la Ordenanza Tributaria delimita dentro de cada zona las categorías de los contribuyentes de la Tasa General de Inmuebles, respecto a los valores que deberán tributar.

 

Que el Art. 4º de la misma Ordenanza establece la Tabla de Básicos para el cálculo de la Tasa General de Inmuebles según la zona que corresponda.

 

Que una de las zonas establecidas es la Zona Especial entendiéndose como tal a la Zona Rural y/o Suburbana, que se encuentre siendo utilizada para la instalación de plantas fabriles y/o industriales  y que cuenten con la correspondiente autorización y habilitación municipal.

 

Que resulta necesario distinguir entre las Plantas Fabriles y/o Industriales que cuenten con autorización y habilitación municipal, así como también con Instalaciones Portuarias Privadas con capacidad de almacenamiento por medio de silos o celdas a los fines de desarrollar actividades en las que reciban o fleten mercaderías, materias primas, productos, etc., por medio de transportes o unidades de cargas, diferenciándolas de las industrias radicadas en el predio del Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez, acompañando de esta manera el esfuerzo de las industrias que se radican en dicha Área Industrial, por lo que resulta razonable otorgarles una categoría distinta.

 

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 1852/2009

 

ART. 1º) Agréguese al Art. 4º última parte de la Ordenanza Tributaria Nº 1.608/04  y modificatorias Ordenanza Nº 1.672/06,   el siguiente texto:

 

Zona especial Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez.

 

Código                                                               Importe

2000                                                               $ 100 por cada 10.000 metros cuadrados

La presente tabla de básicos para el cálculo de la Tasa General de Inmuebles (Código 2000) será aplicable exclusivamente a las empresas radicadas en el Área Industrial Oficial de Villa Gobernador Gálvez que estén funcionando o, que hayan presentado y abonado el permiso de edificación.

 

ART. 2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

                                                          

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de agosto de 2.009.

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

print