Expte. Nº 4.904/13.

VISTO:

La Ley 2756, Arts. 10º y 41º.

El Expte. Administrativo Nº 43070/12 Asunto: Yanina Soledad López solicita vivienda caso social, y

 

CONSIDERANDO:

Que entre las obligaciones del Estado Municipal se encuentra la asistencia de los casos sociales. Dentro de las posibilidades económicas del municipio y siempre en atención a la gravedad de los mismos.

Que según el Expte. Nº 43070/12 se presenta la Sra. Yanina Soledad López madre de la menor Xiomara Villar de 3 años de edad. Que la menor se encuentra internada en el Hospital Anselmo P. Gamen con diagnóstico de miopatía congénita tranqueostomizada.

Que ha sido dada de alta del hospital, pero se le indicio internación domiciliaria. Y no puede volver al domicilio de origen por no contar con las condiciones habitacionales óptimas para recibir un paciente con esta patología.

Que todo lo expuesto surge del informe de la Lic. Silvia Carballo Trabajadora Social y del Resumen de la Historia Clínica que se acompaña como elementos fundantes en Expte. Nº 43070/12 al que nos remitimos.

Que producto de esta situación se aprobó la Ordenanza Nº 2100/13 la cual autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación temporal del inmueble de calle Urquiza 1823/1827 de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez desde el 16 de enero de 2013 hasta el 15 de junio de 2013. Siendo el locador  la Sra. Amanda Raquel Martínez D.N.I. Nº 4.650.762 y a realizar gestiones con la inmobiliaria NOACCO & OSTINELLI Negocios Inmobiliarios.

Que en fecha 10 de agosto la Licenciada Silvia Carballo acompaña informe al Expte. Nº 43.070/12 donde manifiesta las necesidades  que el estado de salud de la menor requiere.

Que si bien el contrato de alquiler temporal venció, la menor siguió viviendo en el inmueble objeto del contrato y por tanto a través del presente lograr una continuidad en la locación desde esa fecha.

Que es producto de las necesidades tanto de la locataria como también así del locador se pretende renovar la contratación en forma  temporal desde el 15 de junio de 2013 y por un año más.

Que por todo lo expuesto es necesario cubrir esta necesidad alquilando un inmueble el que se afectará para que la menor tenga un lugar adecuado para su recuperación.

Que en tal sentido es conveniente alquilar en forma temporal, de 1 (un ) año el inmueble de calle Urquiza 1823/1827 de nuestra Ciudad, plazo que se contará desde la finalización del anterior contrato temporal. Cuyo titular es la Sra. Amanda Raquel Martínez D.N.I. Nº 4.650.762, habiéndose realizado las gestiones con la Inmobiliaria NOACCO & OSTINELLI Negocios Inmobiliarios.

Que el costo del alquiler asciende a la suma global, por el plazo contractual de 12 (doce) meses será de de Pesos Treinta y Un Mil Seiscientos Ochenta ($ 31.680.-) pagadero en doce cuotas mensuales y consecutivas, que vencerán del 15 al 20 de cada mes, por los siguientes montos, las cuotas de 1 a 6 de Pesos Dos Mil Cuatrocientos ($ 2.400.-) y las siguientes  cuotas de 7 a 12 de Pesos Dos Mil Ochocientos Ochenta ($2.880.-) con más los gastos de la  Inmobiliaria y sellados de ley que ascienden a la suma de Pesos Quinientos Treinta ($530.-) y Honorarios Pesos Mil Setecientos ($1.700.-)

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.145/2013

 

ART. lº) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área correspondiente, alquile en forma temporal el inmueble de calle Urquiza 1823/1827 de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, reconociendo la continuidad de la ocupación y el uso del inmueble desde el  15 de junio de 2013 hasta el 14 de junio de 2014.. Siendo el locador la Sra. Amanda Raquel Martínez D.N.I. Nº 4.650.762, y realizar  gestiones con la Inmobiliaria NOACCO & OSTINELLI Negocios Inmobiliarios.

 

ART. 2º)  Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a abonar los cánones locativos devengados desde la finalización del anterior contrato de locación hasta la sanción de la presente, todo ello habida cuenta de la continuidad de la ocupación del inmueble por la familia en situación de emergencia sanitaria, conforme el monto y condiciones aprobados oportunamente por este Concejo Deliberante.

ART.3º)  Afectar el uso del inmueble como vivienda de la Sra. Yanina Soledad López  la menor a su cargo Xiomara Villar.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  19 de septiembre de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

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