Expte. Nº 5.070/14.

Visto

Ley Nº 2.756 artículos 16 y 39 y;

Considerando

Que el Señor Jorge Omar Lavezzi, El Barba –como lo conocían todos- fue un personaje destacado de la ciudad y que, lamentablemente, por un hecho delictivo ha perdido su vida en febrero de este año.

Que este señor ha nacido el 05 de junio de 1953 en Pueblo Muñoz – conocido como Estación Bernard- provincia de Santa Fe, llegando a la ciudad en 1963 con tan solo 10 años de edad.

Que trabajó, desde los 18 años, en el Taller Baldini ubicado sobre calle J. Jaures entre Av. Filippini y Buenos Aires hasta que el mismo cerró sus puertas definitivamente, hace aproximadamente 22 años.

  Que con el dinero de la indemnización sólo le alcanzó para comprar una chata e instalar a medias con el Sr. Ricardo Navone, la pescadería ubicada en Av. Soldado Aguirre intersección con vías del ferrocarril.

Que, hace 21 años, ha trabajado incansablemente, levantándose de madrugada para ir a comprar pescados en la rivera hasta que encontró la muerte en manos de delincuentes, cuando realizaba su recorrido habitual hasta el lugar.

Que, además, fue tesorero del Club de Futbol infantil Sol Naciente, donde sus sobrinos jugaban de niños.

Que es popularmente conocido en el barrio Coronel Aguirre, por su generosidad y humildad.

Que su muerte ha dejado un vacío enorme en el corazón de los vecinos del barrio anteriormente citado.

Que es ineludible que el barrio tenga el honor de tener una plazoleta con el nombre de JORGE OMAR LAVEZZI, por lo tanto, este cuerpo considera importante designar con ese nombre a la Plazoleta del Bicentenario ubicada entre Av. Soldado Aguirre y Av. Filippini.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.183/2014

 

ART.1º) Desígnese  con  el nombre JORGE OMAR LAVEZZI a la Plazoleta del Bicentenario ubicada en Av. Filippini en su intersección con las vías del ferrocarril, en homenaje a este comerciante emblemático del barrio Coronel Aguirre, símbolo de la generosidad anónima sin límites.

 

ART.2º) El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria que corresponda, realizará obras tendientes al mejoramiento y mantenimiento del predio mencionado en el artículo 1° de la presente Ordenanza.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de marzo de 2014

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

 

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