Expte. 5.186/14.

VISTO:

La Ley 2756.

Las Ordenanzas Nº 2.109/13 y 2.210/14.

Nota de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza Nº 2.109 del año 2013, se aprobó modificaciones en la Ordenanza Tributaria y Código Tributario, sobre Derechos de Publicidad y Propaganda.

Que en fecha 5 de junio de 2014, por Ordenanza Nº 2.210/14, este Cuerpo procede a aprobar la suspensión por el plazo de 20 días de la Ordenanza primeramente mencionada.

Que este Concejo Deliberante luego de analizar las consecuencias negativas de dicha normativa, que perjudicaba a los comerciantes locales considera que es necesario derogar la misma.

Que la implementación de la Ordenanza Nº 2109/13, que se pretende derogar, puede ocasionar graves perjuicios económicos al municipio y que los vecinos deberán afrontar con sus impuestos el pago de posibles sentencias judiciales.

Que obran antecedentes administrativos y jurisprudenciales contrarios a la potestad del municipio en el cobro de dicho impuesto.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.218/2014

ART. 1º) Derógase la Ordenanza Nº 2.109/13 en todos sus términos, sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 25/04/13.

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

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