VISTO:

Las notas presentadas por los Sres. Saez; Araujo; Prigent; Jasmín; Rodríguez; Becerre; Salgado; Romero y Goytea a este Concejo Deliberante, y

 

CONSIDERANDO:

Que los mismos exponen diferentes situaciones que, necesariamente deben contar con una ayuda económica para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

RESOLUCIÓN N° 2.093/2.019

 

ART.1°) Autorízase un pago de $2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Saéz, Ivana Evangelina; D.N.I. N° 32.966.352, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

 

ART.2°) Autorízase un pago de $4.000.- (Pesos Cuatro Mil) a la Sra. Araujo, Florencia Noelia; D.N.I. N° 40.359.379, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FR.

 

ART.3°) Autorízase un pago de $1.000.- (Pesos Un Mil) a la Sra. Prigent, Stella Maris; D.N.I. N° 18.874.441, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FR.

 

ART.4°) Autorízase un pago de $1.500.- (Pesos Un Mil Quinientos) a la Sra. Jasmín, Estela Maris; D.N.I. N° 18.741.063, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Cambiemos.

 

ART.5°) Autorízase un pago de $800.- (Pesos Ochocientos) al Sr. Rodríguez, Daniel Luis; D.N.I. N° 33.499.921, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FSP.

 

ART.6°) Autorízase un pago de $2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Becerre, Mirian Eugenia; D.N.I. N° 26.877.185, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FSP.

 

ART.7°) Autorízase un pago de $3.000.- (Pesos Tres Mil) a la Sra. Salgado, Erica Carolina; D.N.I. N° 30.488.338, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FSP.

 

ART.8°) Autorízase un pago de $2.100.- (Pesos Dos Mil Cien) a la Sra. Romero, Graciela Inés; D.N.I. N° 18.401.865, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPCyS.

 

ART.9°) Autorízase un pago de $2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Goytea, Lorena Patricia; D.N.I. N° 26.986.380, en concepto de ayuda económica gestionado de la siguiente manera: $1.000.- (Pesos Un Mil) por el Bloque FPCyS; $250.- (Pesos Doscientos Cincuenta) por el Bloque Cambiemos; $500.- (Pesos Quinientos) por el Bloque FR y $250.- (Pesos Doscientos Cincuenta) por el Bloque FSP.

 

ART.10°) Comuníquese y Archívese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de agosto de 2.019.

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