VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, en su Art. 39º Ines. 38 y
39, y
La Ordenanza Nº 2061/12.
La Ordenanza Nº 2514/18.
CONSIDERANDO:
Que la empresa América T.A. S.R.L. presentó una nota solicitando autorización modificar parcialmente el recorrido de la Línea 35/9 Bandera Roja, aprobado por Ordenanza Nº 2514/2018.
Que fundamentan lo solicitado en la falta de sanitarios en la punta de línea de calles San Luis y Libertad establecida en dicha Ordenanza.
Que de autorizarse la modificación, el recorrido se extendería por calle San Luis hasta Bv. San Diego y desde allí hasta Av. J. D. Perón, donde los choferes podrían usar los sanitarios de la Estación de Servicios.
Que es facultad del Concejo Deliberante reglamentar el recorrido del Servicio Público, contemplando las modificaciones que beneficien a los pasajeros, y en este caso en particular, a los choferes.
Que por lo expuesto en párrafos anteriores el Departamento Ejecutivo Municipal cree oportuno autorizar la modificación parcial de la Ordenanza Nº 2514/2018, por lo cual se eleva para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
ART. l : Modifiquese el Art. 1ero. de la Ordenanza 2514/2018 en el Párrafo que establece el trazado de la Línea 35/9 Bandera Roja de la Empresa América T.A. S.R.L. el cual quedará redactado de la siguiente forma:
Ida: Desde Bv. San Diego y Av. Juan D. Perón, Gral. López, Int. Andreu, Bv. San Diego, San Luis, Espora, Jujuy, Estrada, Laprida, Belgrano, Pasteur, Pje. Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, San Diego, Av. San Martín hacia el Municipio de Rosario por Ayacucho.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Av. San
Martín, Bv. San Diego, Av. Filippini, Mosconi, Pasteur, Eva Perón, Av. San Martín, E. Zola, Estrada, Chile, Espora, San Luis, Bv. San Diego hasta Av. J. Perón.
ART. 20) De forma.
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