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ORDENANZAĀ NĀŗ 3001/2023Ā – Código Tributario Municipal se fijan los valores tributarios que tendrĆ”n vigencia a partir del 1Āŗ de Enero de 2024
Expte. NĀŗ 8.253/23 VISTO: La Ley N° 2.756, ArtĆculos 2° y 41° – inc. 4. El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1415/1999 y sus Ordenanzas complementarias. La Ordenanza NĀŗ 2938/2022
ORDENANZA Nº 3001/2023 Actualizase la Unidad Tributaria Municipal (UTM) a aplicarse a los tributos comprendidos en el Código Tributario Municipal y ordenanzas complementarias, para los casos y condiciones establecidos en la presente ordenanza. Fijase su valor en la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA ($950,00) por cada Unidad Tributaria Municipal a partir del 1º de Enero de 2024.
Expte. NĀŗ 8.253/23 VISTO: La Ley N° 2.756, ArtĆculos 2° y 41° – inc. 4. El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1415/1999 y sus Ordenanzas complementarias. La Ordenanza NĀŗ 2938/2022
Expediente N°8253/23 Proyecto Ordenanza, Tributaria Municipal 2024
AUTOR: Departamento Ejecutivo Municipal TĆtulo: Tributaria Municipal 2024
ORDENANZAĀ NĀŗ2996/2023 ModifĆquese el Presupuesto de Gastos vigente a la fecha
Expte. N° 8.252/23 VISTO: Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé la Ley 2.756 OrgÔnica de Municipalidades, la Ordenanza Nº 2.944/22 del 27 de Diciembre de 2.022, el Decreto Municipal
ORDENANZA NĀŗ 2983/2023 ModifĆquese el Art. 42° de la Ordenanza N° 2.938/22 que quedarĆ” redactado de la siguiente manera:”ARTĆCULO 42°: TASA DE CONTROL Y SANEAMIENTO AL ACCESO DE ZONA PORTUARIA
Expte. Nº 8.196/23VISTO:La Ley OrgÔnica de Municipalidades N° 2.756 Art. 2° y 41° Inc.4El Código Tributario Municipal Ordenanza N° 1.415/99 y sus Ordenanzas complementarias.La Ordenanza Tributaria N° 2.938/22.La Ordenanza N°
ORDENANZA NĀŗ 2981/2023 ModifĆquese el Art.3Āŗ de la Ordenanza 1.986/11 ,El jubilado o pensionado que perciba un haber mensual entre 2 (dos) y 3 (tres) veces el haber mĆnimo jubilatorio vigente al momento de la solicitud, podrĆ” solicitar un descuento del 50 % de la Tasa General de Inmueblesā
Expte. NĀŗ 8.197/23VISTO:La Ley OrgĆ”nica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39Āŗ Inc. 16,La Ordenanza N° 1.986/11 āModificación RĆ©gimen de exenciones para Jubilados y Pensionados Tasa Gral. de Inmueblesā,La Ordenanza N°
ORDENANZA NĀŗ 2960/2023 Modificacion al Art. 42 de la Ordenanza 2938/22 Tributaria Anual para 2023 “Tasa de control y saneamimiento al acceso zona portuaria “
Expte. Nº 8.060/23 VISTO:La Ley OrgÔnica de Municipalidades N° 2756;La Ordenanza 2938/22 Tributaria Anual para el año 2023, y CONSIDERANDO:Que varias localidades cercanas a nuestra ciudad han procedido a actualizar
ORDENANZA NĀŗ 2967/2023 Que finalmente con el Decreto N° 9197/2023, el Poder Ejecutivo estableció a la UNIDAD TRIBUTARIA MUNICIPAL – UTM en la suma de $370 (pesos trescientos setenta), la cual tendrĆ” vigencia a partir del 1° de Mayo de 2023;ModifĆquese el ArtĆculo 42Āŗ de la Ordenanza NĀŗ 2.938/22
Expte. NĀŗ 8.068/23 VISTO: La Ley N° 2.756 OrgĆ”nica de Municipalidades en su Art. 2° y Art. 41° Inc. 4; El Código Tributario Municipal – Ordenanza N° 1.415/99 y sus
Ord. N° 2938/22 Ordenanza Tributaria 2023
Expte. NĀŗ 7.979/22 VISTO: La Ley N°2.756, ArtĆculos 2° y 41° – inc. 4. El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1415/1999 y sus Ordenanzas complementarias. La Ordenanza NĀŗ2822/2021 de fecha
Ord. N° 2822/21 Ordenanza Tributaria 2022 (Vigente)
Expte. NĀŗ 7.553/21 VISTO: La Ley N°2.756, ArtĆculos 2° y 41° – inc. 4. El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1.415/1999 y sus Ordenanzas complementarias. La Ordenanza NĀŗ 2.740/2.020 de


