Resol. 2168/20 El Concejo Deliberante manifiesta su conformidad con el Acuerdo del Paraná

Expte. N° 7.234/20

VISTO:

La Constitución Nacional Argentina, art. 41,

La Ley nacional 25.675, Ley General del Ambiente,

La Ley 2756, orgánica de municipalidades,

El Decreto N° 1.391/20, Prevenir y combatir incendios Alto Delta del Paraná,

El Decreto N° 1.399/20, acciones legalmente en contra de los responsables de generar los focos de incendios en las islas del Alto Delta del Río Paraná,

La Declaración N° 553/20, de interés Municipal, Social y Comunitario el pronto tratamiento y aprobación por parte del Congreso de la Nación Argentina, del expediente 3634-D-2020, Proyecto “SOBRE PRESUPUESTOS MÍNIMOS PARA LA CONSERVACIÓN, PROTECCIÓN Y USO RACIONAL Y SOSTENIBLE DE LOS HUMEDALES”.

El Acuerdo del Paraná, documento propuesto el pasado 29 de octubre por representantes legislativos de distintas localidades de la región, y

 

CONSIDERANDO:

Que en nuestro país existen una gran diversidad de climas y eco regiones y buena parte de nuestra economía se sustenta en la explotación de recursos naturales por medio de la producción agrícola-ganadera, la minería y el petróleo; para lo que debemos mantener un equilibrio entre el cuidado ambiental y su explotación.

Que a partir de la con la reforma constitucional de 1994, la Argentina consagra en su artículo N° 41, la protección del medio ambiente, estableciendo que “todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

Que, por ello le corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.

Que entre los principales tratados, protocolos y convenciones internacionales relacionados a medioambiente ratificados por Argentina, se encuentra el “Acuerdo Marco sobre Medio Ambiente del MERCOSUR (Ley 25.841).

Que también nuestro país cuenta con Leyes importantes en materia de proyección y regulación del ambiente como la Ley General del Ambiente Ley 25.675; que establece los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable.

Que además la Ley de Manejo del Fuego Ley N°26.815 busca proteger y preservar el medio ambiente del daño generado por los incendios, velar por la seguridad de la población en general y de las personas afectadas al combate de incendios y establecer mecanismos para una eficiente intervención del Estado en las situaciones que involucren o demanden acciones y operaciones de prevención y combate de incendios que aseguren el adecuado manejo del fuego.

Que a raíz de la quema indiscriminada de las islas del alto Paraná, nuestro Concejo aprobó el Decreto 1.291/20 donde se requieren gestiones ante autoridades superiores encontrar una solución a la problemática, al tiempo que solicita acuerdo entre municipios y comunas afectados por los focos de incendios a coordinar políticas públicas que permitan afrontar la problemática de manera regional, integral e inmediata, dando intervención al Sistema Federal de Manejo del Fuego.

Que en la misma dirección, el día 25 de junio del corriente año aprobó un decreto en el cual se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del área que corresponda, estudie la factibilidad de accionar legalmente en contra de los responsables de generar los focos de incendio en las islas del Alto Delta del Río Paraná.

Que órganos Legislativos de la región se encuentran movilizados ante la preocupante. situación por la que estamos atravesando en nuestros distritos a raíz de la quema indiscriminada de las islas del alto Paraná, que se encuentran bajo la jurisdicción de la Provincia de Entre Ríos, como así también Santa Fe y Buenos Aires. Cabe mencionar que nuestra ciudad cuenta con un extenso frente ribereño, estando separada por el curso del río Paraná de los espacios de islas que están siendo afectados por los incendios.

Que los Concejos de cada ciudad, desde sus facultades legislativas, han presentado de manera particular su preocupación y han reclamado a los gobernadores de las provincias de Santa Fe y Buenos Aires,respectivamente, y también al Gobierno de la Nación, para que intervengan de manera inmediata para controlar dicha quema.

Que resulta importante solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación le dé rápido tratamiento a los diversos Proyectos presentados para la sanción de una ley que prevea los Presupuestos mínimos para la conservación, protección y uso racional y sostenible de los humedales.

Que a través del Acuerdo del Paraná se plantea la necesidad no solo de expresarnos sino de tomar acciones concretas, y de institucionalizar herramientas para la protección de nuestro medioambiente, entre ellas:

  • Ejecutar reuniones de seguimiento de la situación de nuestros humedales.
  • Los Concejos Municipales buscarán constituirse como partes damnificadas en una causa a definir “en defensa de intereses simples o difusos” con el fin de tutelar la salud pública, conservar la fauna y flora, el paisaje, el medio ambiente y en general defender valores similares.
  • Recopilar informes y sistematizar en un documento interjurisdiccional sobre la afección de la salud y sobre la diversidad ecológica de las islas a raíz del ecocidio en cada localidad y elevarlo a las autoridades nacionales competentes para poder solicitar acciones en el campo de la salud de los habitantes de las ciudades afectadas y sobre la protección de las islas del Paraná.
  • Elevar el documento, acompañado de las firmas, a la Cámara de Diputados de la Nación para el tratamiento de la Ley de Humedales.
  • Constituir una Mesa Regional Ecológica para compartir y construir legislación que busque avanzar en la protección del medio ambiente.

Que en consecuencia, dicho acuerdo tiene por objeto el desarrollo sustentable y la protección del medio ambiente, mediante la aplicación de las dimensiones económicas, sociales y ambientales, contribuyendo a una mejor calidad del ambiente y de la vida de la población.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

RESOLUCIÓN N° 2.168/2.020

 

ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez manifiesta su conformidad con el Acuerdo del Paraná, ratificando el documento propuesto el pasado 29 de octubre por representantes legislativos de distintas localidades de la región, el cual se adjunta como Anexo de la presente.

 

ART.2°) Elévese copias de la presente resolución a la Cámara de Diputados de la Nación, dentro de los 5 (diez) días hábiles siguientes a la sanción

 

ART.3°) Comuníquese, publíquese y regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  12 de noviembre  de 2.020.

Descargar doc:

Resol. 2168-20_11-13-2020-140040

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