Expte. N° 8.092/23
VISTO:
La Constitución Nacional, artículo 75 inc 19, Derecho a la Educación,
La Constitución de la Provincia de Santa Fe, artículos 109 a 113,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
El reclamo de madres y padres con hijos en edad escolar, y de los vecinos y vecinas de nuestra ciudad,
El Proyecto Expediente N° 51.523, Pedido de Informe al Poder Ejecutivo Provincial sobre el estado de avance de las obras de construcción de los jardines de infantes “Dr. Raúl Malatesta” y “Jardín de Infantes N° 332″ de Villa Gobernador Gálvez, autoría del Diputado Esteban Lenci, en trámite ante la Cámara de Diputados provincial.
Nota periodística del diario La Capital, “Villa Gobernador Galvez reclama sus jardines de infantes inconclusos”,disponible en la web, y
CONSIDERANDO:
Que la construcción del jardín Raúl Malatesta fue dispuesta originalmente dentro del Plan Nacional 3.000 Jardines mediante un convenio celebrado en el año 2.016 entre el Gobierno nacional y el de nuestra provincia.
Que no obstante ello, las obras quedaron paralizadas durante meses y el propio gobierno nacional rescindió luego el acuerdo.
Que el municipio efectuó las cesiones de los terrenos donde se asentarían los jardínes de infantes, a saber, mediante la Ordenanza N° 2.791/21 del Jardín N° 332.
Que se ha observado que como resultado de anuncios realizados con posterioridad, frente a la estructura de hormigón del Jardín Malatesta se colocó un cartel donde se afirma que las obras iniciarían el 1ro de octubre de 2.020 con un plazo de ejecución de 12 meses, lo que permite inferir una demora en la inauguración de casi 20 meses.
Que cabe resaltar que las obras se encuentran significativamente avanzadas, por lo que resulta importante elevar la petición a las autoridades con competencia en la materia, a fin de que la ciudad cuente con un nuevo y más que necesario espacio de aprendizaje.
Que en lo que respecta al caso del “Jardín N° 332” de Pueblo Nuevo, luego de lograr la independencia administrativa en el año 2.019 de la Escuela N° 100, hacia Agosto de 2.021 se realizaron anuncios públicos de la construcción de nuevas instalaciones, concretamente, la construcción del área de gobierno del jardín, un SUM y tres aulas.
En este caso, luego de los anuncios, podemos leer, en el cartel de obra, que las mismas comenzaron el 14/02/2.022, también con un plazo de ejecución de 12 meses, con locual la demora resulta menor que en el caso anterior (algo más detres meses), aunque cabe señalar la inquietud que genera que solo se pueda observar trabajo de movimiento de tierras y algunas construcciones en el terreno.
Que el derecho a la educación se encuentra proclamado en nuestra Carta Magna (artículo 75 inc 19) y en los Tratados Internacionales de Derechos Humanos con jerarquía constitucional.
Que de acuerdo al mandato imperativo de la Constitución Provincial, en sus artículos 109 y 11: “El Estado provincial provee al establecimiento de un sistema de educación preescolar y elemental … La Provincia destina recursos suficientes para el sostenimiento, difusión y mejoramiento de los establecimientos educativos del Estado…”
Que, dado el tiempo transcurrido, y el reclamo de vecinas y vecinos, se consulta el estado de avance de las obras, con la expectativa de una respuesta rápida y eficiente desde el estado provincial, y por ese motivo se eleva la presente petición al Superior Gobierno de la Provincia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 2.350/2023
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Superior Gobierno de la Provincia, para que, a través de los Ministerios de Educación, Economía y Obras Públicas y/o el organismo que pudiera corresponder, tengan a bien informar el estado de avance de las obras de construcción de los jardines de infantes N° 236 “Dr. Raúl E. Malatesta” y “Jardín de Infantes N° 332” ubicados en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, expresando el apoyo de este Concejo Deliberante a la pronta puesta en funcionamiento de los nuevos edificios.
ART.2º) Elévese copia de la presente Resolución a los Ministerios de Educación, Economía y Obras Públicas dentro de los 5 días hábiles siguientes a la sanción.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 1 de junio de 2023.

