DECRETO N° 2025/2024 – se implemente una campaña de concientización sobre el “Dia mundial de la prevención del suicidio” – Ley Nac. 27130 Art1

Expte. N° 8.526/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Ley Nacional N° 27.130, Ley Nacional de Prevención del Suicidio, Artículo 1°, y

CONSIDERANDO:
Que la salud mental es un bienestar emocional, psicológico y social de las personas, y que influye
en cómo se maneja el estrés, cómo se relaciona con los demás y toma sus decisiones, siendo muy
importante en todas las etapas de la vida. Esto no significa estar libre de problemas o dificultades, sino
enfrentar los desafíos de manera efectiva, manteniendo relaciones saludables y actitud positiva hacia la
vida.
Que la otra cara de la salud mental llevada por trastornos personales, familiares, factores
socioeconómicos, aislamiento social, traumas y abuso, problemas de salud físicas, amorosas, consumo de
sustancias, crisis personales, estigmatización y discriminación y Bullying en los establecimientos
educativos y sociales, conlleva a la persona afectada a tomar decisiones extremas y rápidas como el
suicidio.
Que el dia 10 de Septiembre es el “Día de la Prevención del suicidio”, el cual en la actualidad
tristemente es una problemática silenciosa en la comunidad que se agrava año a año. Y que es importante
tener en cuenta que el mismo no tiene una causa única, y puede ser el resultado de la acumulación de
varios factores.
Que el Plan Nacional de Salud Mental 2.023 – 2.027 propone reconocer las diversas situaciones y
problemas del campo de la salud mental en clave crítica e histórica para el diseño de líneas de acción que
posibiliten superar gradualmente las dificultades actuales y arribar a un sistema de abordaje integral.
Que según la OMS, cada año, más de 700.000 personas mueren por suicidio, eso significa que
cada 40 segundos una persona se suicida en el mundo, y en su mayoría son jóvenes de entre 15 a 29 años.
Como también en los años 90´s nuestra ciudad padeció un periodo oscuro de ola de suicidios de
adolescentes y jóvenes, y gracias a las campañas que realizaron los vecinos, como los grupos scouts y
talleres de manualidades, ayudaron a disminuir la preocupante tasa de mortalidad juvenil.
Que el articulo Nº1 de La Ley Nacional Nº 27.130 declara : -“Declárese de interés nacional en
todo el territorio de la República Argentina, la atención biopsicosocial, la investigación científica y
epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de
suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio”.
Que es de prioridad crear un Programa Municipal para la prevención de suicidio lo cual genere
campañas de concientización, prevención y buscar la forma de trabajar en conjunto para proteger a la
víctima, generar herramientas como la conversación abierta para escuchar y atender a nuestros familiares,
amigos y vecinos los cuales podrían estar atravesando una etapa de crisis y depresión que no manifiestan
y que se agrave con el correr del tiempo, y que el acceso al apoyo emocional y profesional, como la
terapia psicológica y la intervención en crisis, es clave para prevenir el suicidio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 2.025/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaria que corresponda implemente una campaña de concientización sobre el “Día mundial de la
prevención del suicidio”, la misma deberá tener en cuenta los alineamientos generales de la Ley Nacional
N° 27.130 Articulo 1°.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de septiembre de 2.024.

AUTORA: PATRICIA GONZALEZ

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