DECRETO N° 2121/2025 – diferentes trabajos de obra publicas en el Pje. Carlos Gardel

Expte. Nº 8.754/25

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, en especial las facultades otorgadas a los
municipios para ejecutar obras públicas destinadas a mejorar la calidad de vida de los vecinos, y

CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Villa Gobernador Gálvez ha realizado recientemente obras de mejoramiento,
como zanjeo y estabilización de calles, en calles adyacentes al Pasaje Carlos Gardel, tales como Santa
Rosa y Esperanza dentro del Barrio Esperanza.
Que en el mes de febrero del corriente año, el Municipio procedió, mediante licitación pública, a
la compra de escoria de acería destinada a la ejecución de obras de estabilizado de calles en la ciudad.
Que el Pasaje Carlos Gardel continúa en condiciones deficientes, careciendo de las obras
necesarias para garantizar un adecuado escurrimiento del agua y una transitabilidad segura para peatones
y vehículos.
Que la falta de zanjeo adecuado favorece la acumulación de agua y deteriora la calidad de vida de
los habitantes de la zona.
Que la realización de las obras de zanjeo y estabilización de calles con escoria de acería en el
dicho Pasaje resulta necesaria y pertinente para dar continuidad a las mejoras realizadas en el sector,
asegurando condiciones urbanas equitativas.
Que es deber del Estado municipal garantizar el acceso a obras públicas que promuevan el
bienestar y la seguridad de toda la ciudadanía;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.121/2.025

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a realizar las tareas de zanjeo y estabilización de calles con escoria
de acería en el Pasaje Carlos Gardel.
ART.2°) Dispóngase que las tareas a ejecutarse deberán garantizar un adecuado escurrimiento del agua,
mejorar la transitabilidad y armonizar urbanísticamente con las obras realizadas en las calles adyacentes
como Santa Rosa y Esperanza.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de mayo de 2.025.

AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.

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