Expte. Nº 8.787/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756
Decreto N° 1.958/24. Se remita informe sobre lo establecido en los Decretos N° 1284/19 y N°
1701/22.
La Ordenanza Tributaria N° 2.938/22 periodo 2.023, (Capitulo III, Derecho de Cementerio, ART.
28°) Tasas y Servicios).
Decreto N° 1.701/2022. Informe sobre cuidado y preservación del patrimonio del Cementerio
local.
Decreto N° 1.284/2019. Garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio
Municipal San Lorenzo.
El reclamo de los vecinos y vecinas, y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo deliberante de Villa Gobernador Gálvez sancionó el Decreto N° 1.284 en el año
2.019 con el objeto de que el Departamento Ejecutivo realice las gestiones necesarias en materia de
seguridad para garantizar la preservación edilicia y patrimonial del Cementerio local “San Lorenzo”.
Que el Concejo deliberante de Villa Gobernador Gálvez sancionó el Decreto N° 1.701 en el año
2.022 para que el Departamento Ejecutivo envíe información acerca de las medidas adoptadas en
cumplimiento de lo solicitado en el Decreto N° 1.284 del año 2.019.
Que dichas normativas se dictaron en función de los reiterados robos que sufrió el cementerio y
debido también al reclamo de trabajadores del lugar y ciudadanos afectados, quienes describieron a esta
problemática como una práctica de vieja data, también hicieron referencias a las escasas luminarias en el
lugar y la necesidad de priorizar el sistema de vigilancia y/o video vigilancia, ya que estas falencias juntas
a otras constituyen un escenario propicio para la proliferación de actos vandálicos.
Que a pesar del dictado de dichos decretos en la actualidad nada ha cambiado con respecto a la
detallada descripción de la situación a la que se hace referencia más arriba, puesto que los hechos que
violentan contra la propiedad privada de nichos y panteones no sólo no han cesado; sino que se han
exacerbados mucho más aún.
Que se ha detectado que en noviembre de 2.023 tres grandes panteones institucionales sufrieron
verdaderos saqueos. Manijas, imágenes de Jesucristo, placas y floreros de bronce; cables, llaves de luz,
porta fluorescentes y hasta puertas de aluminio fueron sustraídas.
Que todos estos hechos delictivos atentan directamente al bolsillo del ciudadano que cumple con
la carga tributaria pertinente y encima debe reemplazar las pertenencias robadas para que sus seres
queridos que allí yacen posean la correspondiente identificación, además del daño psicológico que genera
en el cementerio, parece no estar presente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.135/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda de cumplimiento al siguiente informe:
● Medidas adoptadas en cumplimiento de lo solicitado en el Decreto N° 1.284 del año 2.019, el
Decreto N° 1.701 del año 2.022 y Decreto N° 1.958/24.
● Detalle acerca de las sustracciones y robos sufridos en el cementerio en este último tiempo.
● Detalle del destino de los fondos.
● En caso de poseer personal de seguridad, vigilancia o control, especificar si pertenece al propio
municipio o a una empresa privada.
● Teniendo en cuenta la cantidad de hechos ilícitos que se vienen produciendo detallar qué acciones
a los fines de prevenirlos se llevan o llevarán a cabo.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la
Secretaría que corresponda, difunda los horarios de apertura y cierre del Cementerio Municipal San
Lorenzo.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de mayo de 2.025.
AUTORA: JULIETA VEGA.

