Expte. Nº 8.794/25
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;
El reclamo de las y los vecinos del barrio Villa Dolores, y
CONSIDERANDO:
Que en los últimos tiempos el clima está sufriendo cambios drásticos que provocan lluvias muy
intensas,
Que estas lluvias intensas provocan inundaciones en los barrios que no cuentan con desagües,
Que en el barrio Villa Dolores los vecinos y vecinas han hecho el reclamo correspondiente
solicitando zanjeos en las calles, Manuel Leiva, San Luis, Paraguay, F. Kennedy y Ecuador.
Que estos zanjeos pueden encauzar el agua que se acumula en las calles e ingresa en los hogares
del barrio,
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.142/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, proceda a realizar zanjeos en las calles Manuel Leiva, San Luis, Paraguay, F.
Kennedy y Ecuador.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de mayo de 2.025.
AUTORA: DANIELA BERMUDEZ.

