Expte. Nº 8.931/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La necesidad de garantizar mayor seguridad, sustentabilidad y confort en el transporte urbano de
pasajeros en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, y
CONSIDERANDO:
Que el transporte público constituye un servicio esencial para la comunidad, resultando
indispensable dotar a los usuarios de espacios de espera seguros, accesibles y confortables.
Que la instalación de paradas seguras y ecológicas permite reducir riesgos, optimizar la
experiencia del pasajero y contribuir al ordenamiento urbano.
Que la propuesta contempla la reutilización de contenedores de carga reciclados, disminuyendo la
necesidad de fabricar nuevas estructuras y reduciendo la generación de residuos, lo cual aporta a la
economía circular y la sustentabilidad ambiental.
Que dichas paradas estarán diseñadas con resistencia estructural, aislamiento térmico,
iluminación LED y sistemas de eficiencia energética mediante la incorporación de techos verdes y
paneles solares, lo que contribuye al ahorro de recursos y a la reducción del impacto ambiental.
Que se prevé dotarlas de botón de pánico conectado con los servicios de seguridad, cámaras
enlazadas al centros de monitoreo y conectividad permanente y gratuita, reforzando la seguridad
ciudadana y el acceso digital de los vecinos.
Que las estructuras contarán además con espacios versátiles destinados a baños públicos y locales
comerciales concesionados, lo que permitirá su sostenimiento, mantenimiento y generación de servicios
complementarios para la comunidad.
Que la instalación de estas paradas en puntos estratégicos de la ciudad, como la punta de línea del
Cementerio y la intersección de San Diego y Juan Domingo Perón, permitirá una cobertura inicial
adecuada y replicable en otros sectores.
Que resulta oportuno financiar la ejecución de estas obras mediante recursos provenientes del
Fondo de Salud, Seguridad y Educación (FSSE), en tanto contribuyen directamente a la seguridad urbana,
la prevención del delito y la mejora del bienestar ciudadano.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.205/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que instale paradas
seguras y ecológicas de colectivos en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, como puntos de ubicación
iniciales de las mismas:
a) La punta de línea en inmediaciones del Cementerio San Lorenzo.
b) La intersección de Bv. San Diego y Av. Gral. Juan Domingo Perón.
ART.2°) Dispóngase que las paradas estarán construidas a partir de contenedores reciclados, con techos
verdes y paneles solares, incorporando aislamiento térmico, iluminación LED, botón de pánico, cámaras
de seguridad conectadas a los centros de monitoreo y conectividad permanente y gratuita.
ART.3°) El Departamento Ejecutivo reglamentará la concesión de los espacios comerciales y sanitarios
dentro de las paradas, garantizando su correcto funcionamiento, limpieza y mantenimiento.
ART.4°) Autorízase la utilización de recursos provenientes del Fondo de Salud, Seguridad y Educación
(FSSE) para financiar la ejecución de la obra.
ART.5°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de septiembre de 2.025.
AUTORA: JULIETA VEGA.

