DECRETO N° 2206/2025 – para que se realicen operativos barriales referidos a la tarjeta sube

Expte. Nº 8.934/25

VISTO:
La Ley Nacional N° 22.431 y modificatorias,
El Decreto Nacional N° 38/04,
La Ley Provincial N° 14.394,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La medida anunciada por Nación Servicios y,

CONSIDERANDO:
Que mediante una Resolución Nacional se determinó el deber de los usuarios de Tarjeta Sube
física que poseen beneficios vinculados a la misma, de actualizar el dispositivo con objeto de seguir
percibiendo los descuentos que gozan al momento de viajar en el servicio público de pasajeros.
Que la medida encuadra como sujetos afectados a los beneficiados por descuentos
correspondientes a los programas de “Boleto Educativo” y otros atributos locales, quedando fuera
aquellos que se ven beneficiados por la Tarifa Social Federal.
Que se prevén distintas formas de actualización de la tarjeta en función del beneficio percibido,
siendo de manera presencial ante una Terminal Automática SUBE (TAS) para los favorecidos por el
“Boleto Educativo” y de dicha forma o a través de la aplicación de telefonía móvil “App SUBE” o
comercios habilitados al momento de cargar saldo para los que perciban otros beneficios locales que se
encuentren afectados por la medida.
Que las medidas adoptadas por la Resolución del Gobierno Nacional no fueron ampliamente
difundidas ni de la mayor claridad, generando confusiones en los usuarios respecto a los límites, sujetos
alcanzados y plazos para ejecutar el trámite, así como las consecuencias que puede generar la no
realización de dicha gestión.
Que muchas personas que gozan de estos descuentos no entraron en conocimiento de esta
medida, desconocen el procedimiento a seguir para mantenerlos o ignoran la ubicación de Terminales
Automáticas SUBE, necesarias para realizar el trámite.
Que en nuestra ciudad contamos con cuatro Terminales Automáticas SUBE, encontrándose en el
Edificio CIM (Av. Juan Domingo Perón 1549), el Punto Violeta (Fornieles 648), el Centro Municipal
Nahuel Huapi (Nahuel Huapi y Pasaje Capuchinos) y el edificio Municipal (Mosconi 1541), lo cual no es
de conocimiento de todos los vecinos y vecinas de nuestra localidad.
Que corresponde a las autoridades locales darle la mayor difusión posible a la medida, con el
propósito de que ningún ciudadano pierda los beneficios que actualmente goza al momento de utilizar el
servicio público de pasajeros, por falta de realizar el trámite.
Que en sintonía a dicho propósito consideramos adecuado realizar operativos en los distintos
barrios de la ciudad para notificar a los ciudadanos de esta medida, despejar dudas y ayudarlos a concretar
el trámite correspondiente de acuerdo al beneficio que perciben.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.206/2.025

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la

Secretaría que corresponda, arbitre los medios necesarios para realizar operativos barriales con el objeto
de asesorar y asistir en el proceso de actualización de los beneficios vinculados a usuarios de la tarjeta
física SUBE.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda, implemente una campaña de difusión sobre la medida de actualización de la
tarjeta física SUBE.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de septiembre de 2.025.

AUTOOR: ESTEBAN LENCI

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