Ordenanza N° 3219/2026 – Campañas de concientización; Estableciendo el mes de abril de cada año como “Mes Azul: sobre la sensibilización y concientización sobre el Trastorno del Espectro Autista (TEA)”

Exptes. N° 9.099 y 9.101/26

VISTO:

La Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad,

La Resolución N° 62/139 de la Asamblea General de las Naciones Unidas,

Las Leyes Nacionales N° 27.043, N° 27.044, N° 27.053,

Las Leyes Provinciales N° 13.795, N° 13.328,

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,   

La Declaración 451/18,

Las Ordenanzas N° 473/17 y 3.024/24, y

CONSIDERANDO:

Que el Trastorno del Espectro Autista (TEA) es una afección del neurodesarrollo que genera alteraciones en la comunicación y en las interacciones sociales, la flexibilidad del pensamiento, la conducta y el procesamiento sensorial.

Que las personas con TEA pueden presentar distintos niveles de autonomía, requiriendo en muchos casos apoyos permanentes, lo que hace indispensable el compromiso del Estado y de la sociedad en su conjunto.

Que las formas de manifestación de este trastorno son numerosas y heterogéneas, pudiendo ser muy variables entre las distintas personas de acuerdo a su crecimiento y maduración siendo recurrentes entre  otras características, comportamientos repetitivos, restringidos y estereotipados.

Que el autismo no lleva asociado ningún rasgo físico diferenciador, sino que sólo se manifiesta a nivel del comportamiento y las competencias cognitivas de la persona, produciendo la invisibilización del Trastorno frente a terceros que no posean el conocimiento suficiente para detectar estos patrones.

Que por esto las personas con TEA continuan enfrentando situaciones de estigmatización, discriminación y dificultades en el acceso a servicios, muchas veces derivadas del desconocimiento y los prejuicios.

Que, debido a esta imperceptibilidad del trastorno, las personas que lo padecen generalmente no obtienen los diagnósticos y tratamientos correspondientes que pueden permitir una mejora en la calidad de su vida.

Que las intervenciones psicosociales basadas en evidencias, así como la capacitación de las familias y del entorno, contribuyen significativamente a mejorar la calidad de vida de las personas con TEA,

Que es fundamental difundir en nuestra sociedad las características que posee este trastorno para lograr que la totalidad de nuestra población cambie su postura y pensamiento logrando dejar atrás prejuicios y conocimientos erróneos que desfavorecen a la integración social de las personas con TEA.

Que resulta necesario promover entornos accesibles, inclusivos y respetuosos, eliminando barreras físicas, sociales y actitudinales que obstaculizan la plena participación.

Que en nuestra ciudad se viene haciendo un trabajo para visibilizar, acompañar y comprender desde hace unos años impulsado por un grupo de madres que incansablemente siguen adelante con sus propios medios y con el apoyo de la comunidad para buscar los mejores resultados para sus hijos

Que el trastorno de Espectro Autista presenta una prevalencia creciente a nivel mundial, lo que exige profundizar las políticas públicas orientadas a la detección temprana, el acompañamiento integral y la inclusión social.

Que el 2 de abril ha sido instituido por la Organización de las Naciones Unidas como el Día Mundial de Concientización sobre el Autismo, con el objeto de visibilizar esta condición y promover la inclusión social de las personas con TEA.

Que la Ley Nacional N° 27.053 establece dicha fecha en el ámbito nacional, reforzando la importancia de generar instancias de información y sensibilización en toda la sociedad.

Que la Ley Nacional N° 27.043 declara de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones.

Que esta Ley Nacional fue adherida a nivel provincial por la Ley N° 13.795 y replicada a nivel municipal por la Ordenanza 2473/17 y establece además diversos objetivos y deberes sobre los distintos niveles del estado, entre los que se encuentran la realización de campañas de concientización,  establecer los procedimientos de pesquisa, detección temprana y diagnóstico, entre muchos otros.  

Que la Organización TGD Padres TEA constituye una red nacional de familias autoconvocadas, con presencia en todo el país a través de 60 nodos, que trabajan activamente en la defensa de los derechos de las personas con autismo.

Que en nuestra ciudad, TGD Padres TEA desarrolla sostenidamente actividades, talleres, y acciones de concientización, contención e información, de manera gratuita y voluntaria, resultando un actor fundamental en la comunidad.

Que consideramos que un día no es suficiente para generar el cambio de mentalidad necesario para los tiempos que corren, siendo más adecuado dedicar todo un mes a realizar actividades relacionadas a la temática, como pueden ser charlas, talleres, campañas de difusión, medidas de visibilización, entre muchas otras.

Que el denominado “Mes Azul” constituye una iniciativa de alcance internacional que busca visibilizar el autismo y promover la concientización mediante acciones simbólicas y comunitarias.

Que otra de las medidas tomadas a nivel internacional es el programa “Ilumínalo de azul” creada en 2010 con el fin de iluminar de azul edificios importantes, lugares emblemáticos, entre otros, como forma de reconocimiento a las personas con TEA.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.219/2.026

ART.1°) Establézcase a nivel municipal al mes de abril de cada año como el “Mes Azul: sobre la sensibilización y concientización sobre el Trastorno del Espectro Autista (TEA)”

ART.2°) Encomiendese al Concejo Deliberante y al Departamento Ejecutivo Municipal de arbitrar las medidas necesarias, a través de las áreas que correspondan, para promover y gestionar campañas de concientización sobre el Trastorno del Espectro Autista (TEA) durante el mes de abril.

  1. Deberán difundir a través de los canales oficiales de comunicación, incluyendo la página web institucional y redes sociales.
  2. Impulsarán actividades en establecimientos  educativos , espacios comunitarios
  3. Deberán organizar eventos, talleres y programas destinados a sensibilizar, informar, concientizar y fomentar la comprensión social, sobre el TEA.

ART.3°) En conmemoración al Mes Azul, todos los edificios municipales que posean las instalaciones correspondientes y el Concejo Deliberante deberan iluminar sus fachadas con luces de color azul.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de abril de 2.026.

Autor: Juan Acosta – Patricia Gonzalez

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