Expte 6486/18 Justicialista FPV

VISTO:

La Ordenanza N° 2.496/2017 Prórroga Emergencia Económica, Financiera y Social,

El Estado Patrimonial y Ejecución Presupuestaria Año 2017,

Los Balances de Tesorería,

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y

CONSIDERANDO:

Que el 14 de diciembre de 2017 el Concejo Deliberante aprobó una prórroga de la Emergencia Económica, Financiera y Social a través de la Ordenanza Nº 2.496/2017.

Que en el Estado Patrimonial y Ejecución Presupuestaria del Año 2017 el Departamento Ejecutivo Municipal declara poseer al 31/12/2017 Plazos Fijos por $ 41.500.000 y haber recibido en concepto de Intereses Ganados por Plazo Fijo un monto de $ 2.929.107,53.

Que en el Balance de Tesorería del mes de febrero (último recibido por el Concejo Deliberante hasta el día de hoy) se detallan Intereses Ganados por Plazos Fijos por $ 761.369,87.

Que al día de la fecha los plazos fijos constituidos por la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez superan los $ 65.000.000.

Que generalmente se recurre a este tipo de herramientas financieras con excedentes financieros o recursos ociosos de Municipalidades que cuentan con superávit fiscal.

Que llama la atención que habiendo tantos pedidos de obra pública por parte de vecinos y concejales de los distintos bloques se priorice la renta financiera como si estuviésemos administrando una empresa privada.

Que es atribución del Concejo Deliberante controlar el gasto y la inversión de los recursos públicos para garantizar el progreso y bienestar de todos sus habitantes.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente

PROYECTO DE ORDENANZA

ARTICULO 1: El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal informe a este cuerpo colegiado detalle pormenorizado, con la documentación respaldatoria correspondiente, de los plazos fijos constituidos durante los últimos 12 meses, origen de los fondos utilizados para la constitución de los mismos y destino de los intereses obtenidos, en un plazo de IO días hábiles.

ARTICULO 2: Deróguese la Ordenanza Nº 2.496/2017 de “Prórroga de Emergencia

Económica, Financiera y Social”.

ARTICULO 3: De Forma.

Dado en Sala del Bloque Partido Justicialista, Frente Para La Victoria,

28 de mayo de 2018.-

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Expte. Nº 6486-18

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