Adhiriendo a la Ley Nacional Nª 26819/12 y Ley Provincial Nº 13575/16 que declara cada 21 de Septiembre Día Internacional de la Paz

Autor del proyecto: Roberto Leiva

Asunto:  Proyecto de Ordenanza; Adhiriendo a la Ley Nacional Nª 26819/12 y Ley Provincial Nº 13575/16 que declara cada 21 de Septiembre Día Internacional de la Paz. Exp. 6291/17.

 

VISTO

Ley 2756

Ley 26819 Dia Internacional de la Paz

 Ley Provincial 13575 de la Provincia de Santa Fe

Resolución 36/67 y 55/82 de Asamblea General de Naciones Unidas

CONSIDERANDO

Que en el año 1981 la Asamblea General de las Naciones Unidas ña sido instituido el 21 de Septiembre como  el día internacional de la Paz.

Que en la apertura del periodo ordinario de sesiones de ONU se expresó: sería “proclamado y observado oficialmente como Día Internacional de la Paz y dedicado a conmemorar y fortalecer los ideales de la paz en cada nación y cada pueblo entre ellos”.

Que la paz con valor normativo y prerrequisito de los derechos humanos, se puede encontrar en el Acta Constitutiva de la UNESCO y en la resolución aprobada por la Asamblea General, para “ La promoción de la Paz como requisito fundamental para el pleno disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas “ , tal y como se decía en esta reflexión , la paz mental como esencia de los derechos humanos , o La Paz mental universal como base para el desarrollo libre del ser humano .-

Que la ley 26819 declaró el 21 de septiembre de cada año como “Día Internacional de* la Paz “en adhesión a las resoluciones 36/67 y 55/282 Asamblea General de las Naciones Unidas “

Que La Provincia de Santa fe a través de la ley 13575/16, primero por el Senado el 25 de agosto y por la Cámara de Diputados en la sesión ordinaria del jueves 15 de septiembre de 2016, adhiere a la ley Nacional 26819/12 en ambas ocasiones por unanimidad.

En este orden de ideas, los organismos internacionales, Estados, sectores empresarios e integrantes de la sociedad civil en general, han aunado esfuerzos de forma constante y consistente para expandir los ideales de la paz entre los pueblos, considerada está en su faz internacional (entre Estado y Estado) e intranacional (entre los ciudadanos de un mismo Estado), en la convicción firme y segura de que en la lucha por la constitución de una paz sustentable se encuentra en juego un valor supremo de la sociedad.

Esta construcción constante de la paz no solo tiene importancia en el presente, sino que es un programa de futuro, para asegurar la subsistencia humana, la conservación de las distintas culturas, la construcción de un mundo mejor para las generaciones venideras, porvenir del que pueden ser privados en caso de surgir conflictos que acaben con la vida de los pueblos.

Es por ello que creemos que para fortalecer las iniciativas de construcción de una paz sustentable con visión de futuro, es de importancia primaria y suprema la educación de nuestros jóvenes en este tema tan delicado.

Es entonces que consecución  de tales fines consideramos que los valores transmitidos por la fecha en cuestión son de vital importancia para conformar ciudadanos activos y críticos, que pueden coadyuvar de manera formidable a la formación integral de nuestra sociedad.

Por último la interrelación, de Ios  ciudadanos en los espacios públicos (plazas, parques y paseos ) dentro del ámbito de nuestro municipio dará lugar a interesantes espacios de multiplicación en la toma de conciencia y difusión de los valores de la paz.

Por todo lo expuesto el Concejal abajo firmante eleve para su tratamiento el siguiente proyecto de

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º: El Municipio de Villa Gobernador Gálvez adhiere en todos sus términos a la ley Nacional N ° 25819/12 y ley Provincial N° 13575/16 , que declara cada 21 de septiembre Día Internacional de la Paz, “en adhesión a las resoluciones 36/67 y 55/282 Asamblea General de las Naciones Unidas , que celebra todos los años es día como un llamamiento mundial a la cesación del fuego y a la no violencia.

Artículo 2º: El D.E.M. a través do la Secretaria de Gobierno Educación y cultura deberá:

a.- procurar implementar actividades de índole pedagógica en conjunto con las autoridades escolares de gestión pública o privadas de cualquier nivel educativo, procurando incorporar la temática de promoción de la Paz en su quehacer docente.-

b.-  definir, con toda la organización relacionada con la temática actividades culturales, campañas y de otro tipo, a realizarse en ocasión de la fecha los días 21 de Septiembre de cada Año con motivo de promocionar, concientizar el Día Internacional de la Paz.

Artículo 3º: De forma.

Dado en Sala de Bloque Cambiemos a los 21 días del mes de Septiembre de 2017.

 

 

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