Expte. N° 8.486/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
Decreto N° 1.201/18 Instalación de una Central telefónica del Sistema Integrado de Emergencia
Sanitaria (SIES) en nuestra ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que la salud es un derecho humano indispensable, el cual se debe brindar a través del estado.
Que, en la estrategia de la atención primaria de la salud, la asistencia a través de una ambulancia
en cuestiones de emergencias ayuda a optimizar las respuestas a situaciones urgentes, donde el tiempo de
respuesta es fundamental para conservar la integridad física de las personas.
Que es menester brindar el servicio de auxilio médico desde el lugar más cercano de donde
ocurre las urgencias para facilitar la rápida respuesta ante situaciones complejas, sobre todo cuando la
vida de un ciudadano corre riesgo.
Que la distancia a cubrir de las ambulancias del SIES es cada vez más extensa en cuanto a límites
de población.
Que el tránsito de nuestra ciudad es cada vez más fluido lo que dificulta la llegada de las
ambulancias a los lugares donde se producen los accidentes.
Que el esfuerzo de los paramédicos y trabajadores de las ambulancias, no sea en vano en virtud
de una respuesta lenta y prolongada en cuestión de logística.
Que, en este Concejo Deliberante se reciben quejas de vecinos con respecto a la tardanza en
respuestas a solicitudes de las ambulancias del SIES.
Que en los últimos tiempos dichas quejas se van acrecentando y que los trabajadores de las
ambulancias soportan las quejas de los vecinos algunas veces de maneras desmedidas y violentas cuando
ellos no tienen injerencia ni facultades para dar solución a tal problemática.
Que solo hay disponibles para la ciudad 2 (dos) ambulancias las cuales resultan insuficientes para
acudir a urgencias de aproximadamente 100.000 habitantes, según comparativos con otras ciudades que
tienen la misma población.
Que la cantidad ideal de móviles para prestar el servicio de manera eficiente sería como mínimo 4
(cuatro) ambulancias según estadísticas y consultas a trabajadores de la salud.
Que la central del SIES hace un tiempo se maneja desde la ciudad de Rosario.
Que en el parque industrial de Alvear hay una tercera ambulancia que a veces solidariamente
ayuda al servicio de Villa Gobernador Gálvez, pero dificulta su eficiencia el hecho de que la misma no
está enrutada en la radio de Rosario y esto hace dificulta la respuesta de forma inmediata.
Que en algunas oportunidades las ambulancias que prestan servicios en Villa Gobernador Gálvez
son llamadas para ofrecer o brindar servicios en la Ciudad de Rosario, mientras que no sucede lo mismo
en el caso inverso.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.009/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
secretaría que corresponda, realice ante el Ministerio de Salud Provincial el pedido de dos unidades de
emergencias sanitarias para la ciudad de Villa Gobernador Gálvez para prestar servicios en el SIES, y que
hasta tanto se resuelva dicha situación, las dos unidades que dispone nuestra ciudad, den prioridad
absoluta y exclusiva a atender la problemática que nos compete.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la
Secretaría que corresponda, solicite al Ministerio de Salud Provincial que la ambulancia del SIES que
presta servicio con base en el Parque Industrial de la ciudad de Alvear, se encuentre asignada al radio de
Rosario para poder prestar servicios en Villa Gobernador Gálvez.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de agosto de 2.024.
AUTOR: NICOLAS RAMIREZ


