DECRETO N° 2028/2024 – se gestione ante el Banco Credicoop Ltdo. diversas mejoras edilicias para personas con discapacidad

Expte. N° 8.535/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Ordenanza N° 3.045/24, y

CONSIDERANDO:
Que la Sucursal del Banco Credicoop Cooperativo Limitado es la única Entidad Financiera de la
ciudad que no cuenta con un acceso adecuado para las personas con discapacidad.
Que la Ordenanza N° 3.045/24 Plan municipal de Accesibilidad e Igualdad para Personas con
Discapacidad en su artículo N°2 incisos C detalla los lugares para lograr la accesibilidad: “Espacios
privados: locales comerciales, locales gastronómicos, comedores, bancos, clínicas de salud, consultorios
médicos, hospedajes, iglesias/templos, museos, centros culturales, edificios gubernamentales
provinciales, municipales, y clubes sociales”. 
Que es deber del Municipio de Villa Gobernador Gálvez promover políticas públicas que
eliminen las barreras y fomenten la igualdad de oportunidades.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 2.028/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
secretaría que corresponda, gestione antes las autoridades del Banco Credicoop Cooperativo Limitado las
siguientes mejoras en la sucursal:
➢ Garantizar el acceso libre y seguro para personas con discapacidad.
➢ Eliminar barreras arquitectónicas y de comunicación.
➢ Instalar rampas, ascensores y otros elementos de accesibilidad.
➢ Capacitar a su personal en atención a personas con discapacidad.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de septiembre de 2.024.

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