Expte. N° 8.576/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
El reclamo de los vecinos y,
CONSIDERANDO:
Que los espacios públicos de la ciudad cumplen funciones fundamentales para aquellas
personas que la habitan, como el disfrute, esparcimiento, ser un punto de reunión, constituir un
pulmón verde y complementar a la vista y embellecimiento del barrio.
Que el mantenimiento y mejora de los espacios verdes es una política fundamental
llevada a cabo por las autoridades, la cuál debe desarrollarse en todos los puntos de la localidad
para beneficiar a los vecinos.
Que en la intersección de las calles Suipacha y Pavón existe un espacio verde que
necesita obras a causa de su estado actual y las necesidades que expresan los vecinos de la zona.
Que mejorar las características actuales de la plaza produciría un incremento en la
cantidad de personas del barrio que utilizan el espacio, ya sea por parte de niños o adultos.
Que actualmente este espacio verde carece de nombre, siendo una característica
fundamental y necesaria la asignación del mismo para ayudar a la formación de la identidad y
sentimiento de pertenencia de los vecinos con la plaza.
Que en cercanías de dicho espacio se encuentra el Jardín de Infantes Nucleado N° 236
“Dr. Raúl Emilio Malatesta”, la Escuela N° 1.270 “Brigadier Estanislao López”, la Escuela
Primaria Particular Incorporada N° 1.316 “San Francisco de Asís” y la Escuela de Educación
Secundaria Particular Incorporada N° 3.149 “Santa Clara de Asís”, instituciones educativas
dotadas de alumnos con las que es necesario generar un vínculo de pertenencia con el espacio
público, para garantizar el cuidado del mismo por parte de los más jóvenes.
Que los alumnos de estas instituciones son los indicados para confeccionar una lista de
nombres de entre los cuáles se elegirá el nombre definitivo para el espacio público mediante un
concurso y la votación popular.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.049/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a
través de la Secretaría que corresponda, realice los siguiente trabajos de obras públicas en la
plaza ubicada en la intersección de calles Suipacha y Pavón :
● Reconstrucción de veredas y rampas de accesibilidad..
● Alumbrado público.
● Mantenimiento de los juegos existentes.
● Colocación de juegos adaptados, barandas de seguridad, mesas y bancos.
ART 2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a
través de la Secretaría que corresponda, invite a jardines, escuelas e instituciones cercanas a la
plaza mencionada en el art. 1°, para que elijan un nombre a ese espacio verde; y una vez
seleccionado el mismo, envíe la elección al Concejo Deliberante para que redacte la
correspondiente Ordenanza.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de octubre de 2.024.
AUTOR: ESTEBAN LENCI.


