Expte. N° 8.585/24
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756;
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que la calle Simón Bolívar a la altura de 2.600 y 2.700 se encuentra en muy mal estado, lo que
dificulta el tránsito de vehículos y peatones, haciendo necesario el trabajo de bacheo para así mejorar la
calidad de vida de los vecinos.
Que además, sería de utilidad realizar trabajos de zanjeo para que en días de lluvia pueda correr el
agua correctamente, evitando así inundaciones y el riesgo de ingreso de la misma a casas particulares.
Que es deber del Municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la
ciudad, como así también la iluminación y el zanjeo para garantizar una mejor calidad de vida de todos
los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.0552.024
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal
para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice tareas de bacheo y acondicionamiento en calle
Simón Bolívar a la altura de 2.600 y 2.700.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de octubre de 2.024.
AUTOR: JUAN ACOSTA.


