Expte. N° 8.615/24
VISTO:
La Ley de Educación Nacional N° 26.206,
La Ley Nacional de Deporte N° 12.108,
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
El Programa “Concejales por un día” y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 expresa como principales principios: asegurar la
calidad educativa en igualdad de oportunidades, gratuidad y equidad por medio de una educación integral,
entendiendo como tal, el desarrollo intelectual y físico de los estudiantes.
Que en muchas escuelas los patios y espacios recreativos no cuentan con la infraestructura
adecuada para la práctica de actividades físicas, por lo tanto, la construcción de un playón deportivo
recreativo permitirá ofrecer un espacio multidisciplinario y seguro para realizar variedad de deportes
como ser fútbol, básquet, vóley y actividades recreativas.
Que la actividad física es fundamental para el desarrollo físico y mental de los adolescentes. La
vida sedentaria, en parte originada por la falta de espacios adecuados para la práctica deportiva, es un
factor de riesgo para enfermedades metabólicas y cardiovasculares. Además, el ejercicio ayuda a regular
y mejorar la concentración, lo que mejora el rendimiento académico.
Que el objetivo es tener un lugar para hacer educación física en la escuela, que tengan aros de
básquet, red de vóley, y arcos de futbol también para que los estudiantes comiencen a ir a educación física
e incentivar a la actividad física, y para aquellos que les queda lejos ir a un club puedan ir hacer gimnasia
en la escuela.
Que este proyecto surgió por parte de los alumnos de la Escuela N° 515 “René Favaloro”, en el
marco del programa “Concejales por un día” donde alumnos de distintos establecimientos escolares
acercaron sus inquietudes y propuestas para implementar en la ciudad en miras de mejorar la calidad de
vida de los vecinos y vecinas de la localidad.
Que mediante dicho programa los alumnos aprendieron y se informaron sobre los procesos
legislativos a nivel municipal, visitaron el Concejo Deliberante y el Museo Municipal “Dr. Raúl
Malatesta” y finalmente realizaron un simulacro de sesión donde expusieron y defendieron proyectos de
normativa redactados por ellos mismos basados en las necesidades o carencias que viven y observan
diariamente.
Que en este proyecto los alumnos del mencionado establecimiento plasman su inquietud de no
gozar con un playón deportivo en sus instalaciones, motivo por el cual la materia del plan de estudio
“educación física” deben realizarla en establecimientos externos que generalmente quedan a considerables
distancias de la escuela y de los domicilios de sus alumnos, por lo que ante la dificultad de desplazarse
sumado al costo de este desplazamiento, la inseguridad en el trayecto, entre otros motivos, muchos
alumnos optan por no asistir a las clases de esta materia.
Que la construcción del playón favorecería también a otros establecimientos educativos, como la
Escuela N° 100 “José Ingenieros”, Escuela Media para Adultos (EEMPA) N° 1.332, Anexo 1.515 y al
Jardín de Infantes N° 332.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.064/2.024
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, se dirija al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe para que arbitre los
medios necesarios para la construcción de un playón de 15 x 20 metros en las instalaciones de la escuela
E.E.S.O. N° 515 “René Favaloro”.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de noviembre de 2.024.
AUTOR: ESTEBAN LENCI.


