DECRETO N° 2094/2024 – trabajos de limpieza, zanjeo, desmalezamiento y construcción de veredas reglamentarias en la zona de las calles San Rafael, Bécquer y Ruta21

Expte. Nº 8.670/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Ordenanza N°116/74.
La Ordenanza N° 2.239/14 Régimen de Contribución por mejoras.
Art. 94 y Art.95 libro II Título II, del Código Municipal de Faltas, Ord. N° 490/89,. Faltas contra la
seguridad e higiene.
Art. 138 Título V del Código Municipal de Faltas, Ord. N° 490/89, Infracción al Reglamento de
Edificación.
Los reclamos efectuados por los vecinos/as de la zona y sus respectivas firmas, y

CONSIDERANDO:
Que los vecinos en inmediaciones de las calles San Rafael, Bécquer y Av. San Martin (Ruta 21),
solicitan la realización de tareas de limpieza, zanjeo y desmalezamiento.
Que la falta de limpieza y desmalezamiento, generan gran riesgo sanitario para quienes viven en las
inmediaciones del lugar, ya que favorece a la propagación de insectos, situación que se agrava en la actualidad
por la proliferación del Dengue.
Que también se le solicita al propietario del terreno ubicado en la Sección 13, Polígono 2, Parcela 26/2,
la realización de las correspondientes veredas reglamentarias en dicha zona.
Que la Ordenanza N°116/74, en su punto 3, dispone: “EN TODO EL MUNICIPIO DE VILLA GDOR.
GÁLVEZ ES OBLIGATORIA LA CONSTRUCCIÓN DE VEREDAS DE DISTINTOS TIPOS Y
CARACTERÍSTICAS”.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO  Nº 2.094/2.024

ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, a través de la
Secretaría que corresponda, realice trabajos de limpieza, zanjeo y desmalezamiento en las inmediaciones de las
calles San Rafael, Bécquer y Av. San Martín.

ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la
Secretaría que corresponda solicite al propietario del terreno según nomenclatura catastral Sección 13 Polígono 2
Parcela 26/2, la construcción de veredas reglamentarias y/o ejecute las mismas, según lo dispuesto en la
Ordenanza N° 2.239/14 “Régimen de Contribución por Mejoras”.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2.024.

AUTOR: JUAN ACOSTA.

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