Expte. Nº 8.926/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,
Los Decretos N° 1.897/23, 1.954/24 y 2.113/25,
El constante reclamo de los vecinos y,
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Libertad al 300, de nuestra ciudad, vienen manifestando reiteradamente
su profunda preocupación debido al avanzado deterioro de la calzada, producto de la gran cantidad de
baches existentes en dicha arteria.
Que esta calle constituye una de las más transitadas de la zona, debido a la cercanía de
establecimientos educativos tanto primarios como secundarios, por lo cual el malestar que provoca en los
vecinos y transeúntes adquiere día a día mayor relevancia, afectando la normal circulación vehicular y
peatonal.
Que los vecinos denuncian que se han producido numerosos accidentes como consecuencia
directa de los baches, los cuales llevan largo tiempo sin reparación, aumentando el riesgo de siniestros
viales.
Que el estado de la calzada dificulta además el ingreso y tránsito de móviles policiales,
ambulancias y demás vehículos de emergencia.
Que dichos baches, por su gran dimensión y profundidad, han ocasionado graves daños
materiales en vehículos particulares de los vecinos, incrementando los costos de reparación
Que las personas con movilidad reducida, tales como adultos mayores, personas con
discapacidad, vecinos en sillas de ruedas y mujeres con coches de bebés, enfrentan serias dificultades
para transitar por el sector, viéndose afectado su derecho a la accesibilidad y seguridad en la vía pública.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 2.202/2.025
ART.1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la
Secretaría que corresponda, de cumplimiento a los decretos: 1.897/2.023, 1.954/2.024 y 2.113/2.025.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de agosto de 2.025.
AUTORA: JULIETA VEGA.

